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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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#19730

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Lo mas importante y significativo de esa noticia es, que el gobierno reconoce que el Fondeo de Garantias de Depositos esta practicamente a CERO, es decir es inexistente, y en el caso de que tuviera que aportar algun dinero de este fondo no tendria de donde sacarlo............... es decir, QUE NO HAY DINERO para poder cubrir las cuentas corrientes, ni las cuentas de ahorro, ni los plazos fijos, ni nada de nada...............

#19731

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Lo mas importente sobre el canje es, no aceptar de forma voluntaria el cambio de la P.Preferentes por dinero del monopoly............ el que acepte el cambio de forma voluntaria ( que no lo van a ofrecer, pro quien save........), les va a pasar como a todos aquellos que apetaron el canje de P.Preferentes de 2007 por acciones a principios del pasado año.......... y que ahora el FROB les esta diciendo, tu cambias voluntariamente, ahora te jodes y te quedas con lo que tienes...............y a la hora de reclamar en los juzgados..... vas a reclamar por algo que de forma voluntaria tu has aceptado (canje por acciones)??????.... solo te quedaria la opción de presentar recurso contencioso-Administrativo en la Audiencia Nacional para reclamar por daños y perjuicios, y ya sabemos que dice al respecto el R.Decreto sacado por nuestro queridogobierno......

#19732

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

El día que el santo FROB diga, os cambio las P.Preferentes y Suboordinas por acciones, y cada accion vale tanto (por que yo lo digo), ahaora divido lo que teneis en P.Prerentes ( menos la quita correspondiente) y dicho y hecho, por birli-virloque, en lugar de tener preferentes tienes acciones. (Cada uno en relacion con el dinero que tenga invertido).

Si son obligatoris, tu firma no hace falta para nada, si son obligatorias, el test (Mifdi), no sirve para nada, se lo pasan por el forro los cojones.

UNa ve ocurrido esto, te quedan dos caminos a seguir, uno, te conformas con lo que te dan, (acciones) y las vendes cuando menos perjuicio te producca y el otro camino es seguir reclamando por la via Civil para intentar recuperar todo tu dinero.

Existe otro tercer y cuarto camino, el tercero es ir al albitraje si cumples con los requisitos que ellos estipulan, a saber; que eres analfabeto puro, que eres deficiente mental, que eres menor y no estan las firmas de tus representantes legales, que tienes discapacidades evidentes, que eres minusvalido (ciego, sordo-mudo) y poca cosa mas.

El cuarto camino es echarse al monte y............

#19733

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

¿Esta es la oficina donde fallecio una afectada de preferentes en Leganes, donde la dijeron que no podia recuperar sus ahorros de toda su vida, y encima sufrio el ataque en la misma sucursal?¿Merecia esa señora ESTAFADA, morir en ese lugar tan sucio y repugnante?.
Hay momentos y circunstancias lamentables en la vida, que dejandose de demagogias baratas, hay que llamarlas por su nombre.....ASESINOS.

#19734

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Esta oficina está en Alcalá de Henares, a 200 metros de la sucursal donde me estafaron a mi. En la misma sucursal donde estafaron a mi suegra, con 90 años, que aún no sabe que le han robado 30.000 Euros y me pregunta de vez en cuando por qué desde abril no le dan los intereses del dinero que metió a plazo fijo. Todavía no hemos sido capaces de decirle que aquel joven en quien tanto confiaba le ha robado una buena parte del dinero que ahorró durante toda su vida privándose de muchas cosas para poder asegurarse una vejez digna. No sé cómo calificar a los que fueron capaces, sin escrúpulos, sin vergüenza, sin miramientos, disponer del dinero de muchos inocentes e incautos clientes, muchos muy mayores, otros no tanto, y alegremente disponer de él poniéndolo en riesgo solamente para ganar un plus o cumplir docilmente las órdenes que les llegaban de su director. ¡¡¡DESPRECIABLES!!!

#19735

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

La Orden de 1993 ** establece en el artículo primero (Modelo de folleto) 9. “La CNMV, a fin de facilitar el análisis y comprensión del folleto, podrá incluir o hacer incluir en el mismo advertencias o explicaciones.”

Este punto es importante porque hace que surja el artículo 20.6 por Real Decreto 2590/1998***. Dicho artículo sólo mencionaba los 20.1 y 20.2 del Real Decreto 291/1992* y quedó redactado de la siguiente manera: artículo 20.6 “La CNMV podrá exigir al emisor que incluya en el folleto cuanta información adicional estime necesaria. Asimismo, podrá incluir en el folleto advertencias y consideraciones que faciliten su análisis y comprensión”

Y que permitió que en diferentes folletos de emisiones de preferentes la propia CNMV redactara las advertencias en vista a que las entidades emisoras no eran clarificadoras en los mensajes de riesgos que conllevaban este producto híbrido entre acción y renta fija.

En 2004, la propia CNMV es quien redacta el texto y obliga a insertarlo en la primera página del folleto informativo completo de la emisión de noviembre de 2004 quedando de la siguiente guisa

COMIENZO [ ] el adjetivo “preferente” que la legislación española otorga a las “participaciones preferentes” objeto del Folleto Informativo NO significa que sus titulares tengan la condición de acreedores “privilegiados”. Antes al contrario, en orden de prelación, las participaciones “preferentes” están por detrás de todos los acreedores del emisor, incluso detrás de las obligaciones subordinadas. Las participaciones “preferentes” sólo tienen “preferencia” respecto a los accionistas de la entidad emisora – de ahí el origen del adjetivo “preferente”, inspirado en el Derecho inglés (“preferred shares”)- La remuneración de las participaciones preferentes no es un dividiendo, sino un tipo de interés, cuyo pago está condicionado, sin embargo, a que la entidad garante consiga beneficios. En supuestos extremos de insuficiencia patrimonial de la entidad emisora o garante, ésta podría liquidar la emisión por un valor inferior al nominal de las participaciones, con la consiguiente pérdida para sus titulares del principal invertido. Precisamente por esa capacidad potencial de enjugar pérdidas, la legislación financiera considera las participaciones preferentes como “recursos propios” de las entidades de crédito que las emiten FIN

Observar como la CNMV se encarga de entrecomillar y poner en mayúsculas aquellas palabras que considera importantes.

La misma Orden de 1993 * establece en ese mismo artículo primero Modelo de folleto. 9. “La CNMV podrá dispensar de incluir en el folleto aquellas informaciones [...]cuya divulgación sea contraria al interés público o implique un perjuicio grave para el emisor”. Aquí entiendo que las cuentas anuales y balances de situación de Caja Madrid de 2008 al mostrarlas en el folleto sin auditar se estaba infringiendo un grave perjuicio al emisor por cuanto como se demostró dichos documentos contables no reflejaba la imagen fiel (que muestren la situación real de la empresa). Es decir, eran más falsos que un duro sevillano.

En el folleto de la emisión de 2009 la información sale redactara en otro formato menos clarificador. De ahí la necesidad de que la entidad haya decidido falsificar el famoso papelito con nuestras firmas. Aunque de nada les va a servir.
D...................................., con DNI/NIF................, o en su caso, el representante legal, debidamente acreditado, manifiesta que ha sido informado de que el instrumento financiero referenciado presenta un riesgo elevado (EN EL TEST 3 DE CONVENIENCIA DICEN QUE CONOCEMOS LAS INVERSIONES DE BAJO RIESGO) . En particular, de la posibilidad de incurrir en pérdidas en el nominal invertido (RIESGO B) y de que no existe garantía de negociación rápida y fluida en el mercado en el caso de que decida vender el instrumento financiero referenciado (RIESGO F). Asimismo, se le ha informado de que el pago de remuneración está condicionado a la obtención de beneficios distribuibles por parte del emisor o su grupo (RIESGO A). Y que si en un periodo determinado no se pagara remuneración, ésta no se sumará a los cupones de periodos posteriores (RIESGO A). El cliente también ha sido informado de que le calificativo “preferente” no significa que sus titulares tengan la condición de acreedores privilegiados, pues en el orden de remuneración de créditos se sitúan únicamente por delante de las acciones ordinarias (RIESGO D).

Si embargo el papelillo no alude a los RIESGOS C, E, G Y H.

Ojo con el RIESGO H ya que Stnadard & Poors y Moody’s fueron las agencias de calificaciones de riesgos de las emisiones de Preferentes. Ambas con demandas civiles por parte de EEUU por su responsabilidad en la Burbuja inmobiliaria ya que mintieron en sus calificaciones.

1. ASPECTOS RELEVANTES A TENER EN CUENTA PARA EL INVERSOR. En que se enumera los riesgos específicos que son 8.

A. Riesgo de no percepción de las remuneraciones.
B. Riesgo de absorción de pérdidas.
C. Riesgo de perpetuidad.
D. Riesgo de orden de prelación.
E. Riesgo de Mercado.
F. Riesgo de liquidez o representatividad de las Participaciones Preferentes de Mercado.
G. Riesgo de liquidación de la emisión.
H. Riesgo de variación de la calidad crediticia.

* REAL DECRETO 291/1992, de 27 de marzo, sobre emisiones y ofertas públicas de venta de valores (BOE nº 80, de 2 de abril) http://www.boe.es/boe/dias/1992/04/02/pdfs/A11259-11265.pdf

** ORDEN de 12 de julio de 1993 sobre folletos informativos y otros desarrollos del Real Decreto 291/1992, de 27 de marzo, sobre emisiones y ofertas públicas de venta de valores.http://www.boe.es/boe/dias/1993/07/22/pdfs/A22367-22391.pdf

***REAL DECRETO 2590/1998, de 7 de diciembre, sobre modificaciones del régimen jurídico de los mercados de valores (BOE nº 302, de 18 de diciembre).
http://www.boe.es/boe/dias/1998/12/18/pdfs/A42473-42484.pdf

#19736

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

El cuarto camino es echarse al monte y............

Tal vez seria la mejor solución, nos toman por tontos,por decirlo de una forma suave.
Saben que hay muchas personas de edad avanzada. Que por la misma,por enfermedad,por desconocimiento, no haran nada y de eso se valen.

Si unos cuantos nos echaramos al monte, como José Maria Hinojosa, alias, el Tempranillo.

Tal vez empezaran a tomarnos en serio y soltaran nuestro dinero. Quien Roba a un Ladrón Tiene 100 años de Perdón

http://www.andalucia.cc/adn/0997per.htm

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