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Dos dudas sobre la LAU, sobre rescisión y suspensión del contrato

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Dos dudas sobre la LAU, sobre rescisión y suspensión del contrato
Dos dudas sobre la LAU, sobre rescisión y suspensión del contrato

CÓDIGO AMIGO

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#1

Dos dudas sobre la LAU, sobre rescisión y suspensión del contrato

Hola, 

Tengo dos dudas sobre dos artículos de la ley de arrendamientos urbanos:

1) El derecho del arrendador  para rescindir el contrato previsto en el artículo 9.3, ¿solo es ejecutable en el momento de la prórroga o en cualquier momento del contrato (después del primer año)?. Del literal del artículo parece que el derecho es a oponerse a la prórroga obligatoria, pero aún así, prefiero preguntar.

2) El derecho de suspensión de contrato por parte del arrendatario que se prevé  en el artículo 26, ¿es solo para las obras de conservación ordenadas por la autoridad competente, o también es válido para obras de conservación necesarias acordadas sin intervención de la autoridad?


#2

Re: Dos dudas sobre la LAU, sobre rescisión y suspensión del contrato

Necesitas un MASC para pedir por tu necesidad, por cualquier tropiezo ya podrías perder el juicio, yo esperaría a que cambie la ley o el gobierno
Sobre hacer obras tampoco puedes, ni siquiera aunque las promueva el ayuntamiento, prevalece el alquiler, y hacerla con el inquilino dentro pues también se necesita un MASC
Yo lo que voy a hacer es no alquilar más 
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