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Deuda con vendedora fallecida sin elevar a público

1 respuesta
Deuda con vendedora fallecida sin elevar a público
Deuda con vendedora fallecida sin elevar a público
#1

Deuda con vendedora fallecida sin elevar a público

Hola  y gracias por leerme que estamos en un lío!. Vivienda que nunca accedió al registro y comprada por contrato privado, se liquidó impuesto y se hizo cambio titular catastral; cuando estaba acordado elevar a público el contrato (en el que aparece la cantidad que falta por pagar a la vendedora) la señora falleció y no se pudo hacer, averiguando que dejó testamento y una única heredera. Solicitando información al Registro de una forma muy vaga dice que será necesario doble título sin dar más explicaciones…, alguna idea de cómo se puede resolver esta situación?. Habrá que depositar en el juzgado el dinero que faltaba por pagar a la vendedora? qué hay que hacer para tener dos títulos?. leyendo en el contrato de compraventa solo dice que le corresponde la finca por herencia de sus antepasados sin ningún dato más ni copias ni nada y la heredera sin querer saber nada.  Muchas gracias
#2

Re: Deuda con vendedora fallecida sin elevar a público

Hola,

Si la vivienda comprada, en el momento que la adquiristeis, no estaba inmatriculada en el Registro de la Propiedad (es decir, que no constaba en el mismo, no confundir con que la vivienda estuviera inscrita pero de titularidad de otra persona distinta de la vendedora), efectivamente, hay que realizar el procedimiento registral correspondiente para que la vivienda acceda al mismo. En este caso, legalmente, es indiferente que la vendedora actualmente haya fallecido.

Dicho expediente puede ser "por doble título" o por "expediente de dominio". Por la situación que expones, parece que tendréis que optar por el segundo, que es más farragoso, pero es la única opción para registrar la vivienda, por no reunir los requisitos del primero.

Te enlazo dos webs donde detallan el procedimiento a seguir y cómo realizarlo -es necesario una Notaría, por lo que quizás desde allí os ayuden en todo el procedimiento-. A mi juicio, en los sitios indicados está correctamente explicado, aunque contienen anuncios sobre abogados inmobiliarios, advirtiendo por ello que en absoluto ni respondo por su profesionalidad ni se mantiene vinculo con cualesquiera de ellos ni tampoco se recibe percepción alguna por publicidad/recomendación.

https://www.conceptosjuridicos.com/inmatriculacion-de-fincas/
https://themisestudiolegal.com/2020/01/30/inmatriculacion-de-fincas/

Un saludo y ánimo,