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¿Adquiere el arrendatario algún derecho sobre la vivienda arrendada con el paso de los años?

3 respuestas
¿Adquiere el arrendatario algún derecho sobre la vivienda arrendada con el paso de los años?
¿Adquiere el arrendatario algún derecho sobre la vivienda arrendada con el paso de los años?
#1

¿Adquiere el arrendatario algún derecho sobre la vivienda arrendada con el paso de los años?

Vereis, acabo de constatar una historia en relación a los alquiles que me parece muy muy curiosa y que no llego a entender. Quizá alguien pueda despejar las dudas.

SITUACIÓN.
Edificio de 22 viviendas en Madrid. 20 de ellas pertenecen al BBVA que las tiene en régimen de alquiler desde hace ahora justo 5 años. Las otras 2 pertenecen a particulares (no preguntéis el porqué de esta distribución curiosa).

HECHOS
Como se cumplen en este momento los 5 años desde el alquiler de la vivienda, el BBVA está enviando a los inquilinos una carta en la que les comunica que en el plazo de 1 mes deben abandonar la vivienda. No se da en la misiva opción a continuar con el alquiler, ni a ningún otro tipo de negociación. Algunos inquilinos han contactado con el BBVA con la intención de negociar la apertura de un nuevo contrato. Intención que el BBVA ha cortado de raíz, expresando que no es su intención seguir arrendando el piso (desconozco si a ellos en concreto o a nadie en general)

PREGUNTA
No entiendo el porqué de la actuación del banco en este caso, teniendo gente dispuesta a seguir como inquilino, el banco no quiere ni negociar un precio. Mis hipótesis son:

- El BBVA los quiere vender: Se me antoja bastante extraño con la actual coyuntura.

- Los inquilinos al cabo de ciertos años adquieren unos derechos que al banco no le interesa. ¿Alquien con conocimientos en leyes que pueda corroborar esta teoría?

Se acepta cualquier otra hipótesis.

#2

Re: ¿Adquiere el arrendatario algún derecho sobre la vivienda arrendada con el paso de los años?

La Ley de arrendamientos urbanos de 1994, habla de la tácita reconducción, que si no me equivoco es que si no se establece la duración del contrato y se establece por años, el inquilino tiene la posibilidad bajo su estricta voluntad de continuar hasta 5 años.
Si la experiencia es mala hasta la fecha, por no poder revisar por IPC y con el miedo de la Ley de 1964, que otorgaba demasiados derechos de permanencia al inquilino, llamados de "renta antigua", verdaderas expropiaciones, necesita aire, para volver a establecer el control y las condiciones que había perdido del contrato.
Que conste que podía argumentar que es por el "buen momento" de la propiedad, pero creo que es eso.

Un saludo

#3

Re: ¿Adquiere el arrendatario algún derecho sobre la vivienda arrendada con el paso de los años?

Mi opinión: Las quieren vender como sea ...... están haciendo caja de todo, incluso vendieron sus propias oficinas, y vendan al precio que sea, contablemente tienen beneficios que podrán aflorar (en términos contables, que al final es lo cuenta para ellos, el puto papel al que le llaman balance), y ahora te hago los números:

Compra en 2005 (o adjudicación en pago de deudas que es lo mismo a estos efectos) del piso tal ……..137.000 €, gastos e impuestos de la compra 13.000 €, coste contable total: 150.000 €

Amortizaciones practicadas (contables) al 3% anual de las viviendas son 4.500 € cada año, que por 5 años son 4.500 x 5 = 22.500 €

Valor neto contable + 137.000 + 13.000 por la parte de los costes, menos 22.500 por las amortizaciones practicadas, entonces, repito el neto contable es de 127.500 €

¿Tú crees que ahora las venderán por un importe menor al precio de 2005? Yo lo dudo, hasta es probable que las vendan un poco más caras que en el 2005 (que no es lo mismo que si fuesen compradas o recibidas en pago en 2007), pero olvidémonos de ello, pongamos que las consiguen vender a los mismos 150.000 €, entonces las cuentas son:

Coste neto contable …….127.500
Precio de venta ……………150.000
Beneficio al balance …… 22.500 €

Tú dirás (seguro) esto es más falso que un duro sevillano (y no te faltará razón) porque las cuentas no hay que hacerlas así, lo prudente seria:

¿Cuánto me costó? 150.000 (137.000+13.000)

¿Amortizaciones? Y una leche, esto es solo un tema técnico, nadie me ha dado 22.500 €, mira si me apuras habré desgravado en hacienda el 30% de impuesto de sociedades de estos 22.500 € que son 6.750 € lo admitiré, porque estos seis mil euros si que de alguna manera me los ahorré en pago de impuestos.

Con lo cual en realidad el valor actual es de 150.000 – 6.750 = 143.250 €

Peeeeero, este dinero que yo banquero lo podría haber invertido en préstamos, los tuve ahí muerto de risa cobrando un alquiler que era de 4.800 € anuales y si lo hubiera dado en hipotecas hubiera obtenido una media del 3,50% de interés, con lo cual 150.000 x 3,50% x 5 años = 26.250 € a los que resto el alquiler cobrado que son 24.000 €…. Vamos que tengo que sumar ahí una pérdida de 2.650 € … y ya estamos en un valor de 143.250 + 2.650 = 145.900, pero resulta que el “capullo” del presidente de la comunidad se le ocurrió una derrama de mejora de la entrada del edificio, convenció a todos los vecinos y me cascó 3.500 € por la jeta, y mi voto negativo no sirvió para nada, con lo cual el coste real ya son 148.900 €, pero además he pagado religiosamente el IBI cada año, la tasa de basuras y demás milongas del alcalde de turno que en estos 5 años han sumado la friolera de 2.432,50 €, con lo cual el coste real es de 151.832,50 € …. ESTA ES LA REALIDAD, entonces ESTA TOZUDA REALIDAD NOS DICE QUE PIERDO 1.832,50 €, Y LO DE CONTABILIDAD SON CUENTOS PARA NO DORMIR, y mira que yo soy contable, pero las cosas son como son, aunque los balances digan misa.

PERO LA COTIZACION DE LAS ACCIONES DEL BBVA VA POR LO QUE DICE EL BALANCE, Y ESTE DICE QUE HAY BENEFICIOS, AL MENOS TECNICAMENTE, mis cuentas de la vieja no sirven para nada a estos efectos.

Sabes el chiste de que va un gerente de una empresa a la facultad de matemáticas de la Universidad Complutense de Madrid, pide cita al catedrático de ciencias exactas, y le pregunta ¿quisiera saber cuánto son dos y dos en su opinión y conocimientos?, el catedrático coge la pizarra ….. y después de muchos cálculos le dice 3,99998 46 periódico, el gerente toma nota y pide cita con el catedrático de física cuántica, y cuando consigue la cita le hace exactamente la misma pregunta, y el doctorado después de casi idénticos cálculos en la pizarra, llega a la conclusión de que son 4,0000001717 23 periódico. Seguidamente va a su despacho y pregunta a su director contable – financiero, … Oye Carlos, cuanto son dos y dos, y el contable sin cálculo alguno, le responde ….. en teoría cuatro ¿pero cuanto te interesaría que fuesen?.

Pues exactamente lo del chiste es lo que ocurre en estos momentos con las contabilidades, las necesidades de hacer caja y de realizar beneficios como sea y con lo que sea.

#4

Re: ¿Adquiere el arrendatario algún derecho sobre la vivienda arrendada con el paso de los años?

De todos modos, la ley de arrendamientos dice que en 5 años y con un mes de antelación, el casero puede dar finalizado el contrato unilateralmente.

Lo cual me parece una santa mierda! toda tu vida durante 5 años a la basura. Pero bueno, es lo que hay...