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Prórroga 6 meses alquiler
Hola! Leo en el BOE lo siguiente, respecto a la prórroga de 6 meses en los contratos de alquiler:
Se amplían hasta esa misma fecha del 31 de enero de 2021 los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis
meses, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor
Os comento mi caso, soy un inquilino cuyo contrato de alquiler finalizaba el pasado 1 de junio de 2020. Allá por mayo cuando se decretó por primera vez esta prórroga de 6 meses, me acogí a ella sin problemas con el propietario, de manera que el contrato quedaba prorrogado hasta el 1 de diciembre de 2020 sin problema por ambas partes.
Ahora leyendo el nuevo decreto, no me queda claro cómo afecta a los que ya estábamos prorrogados. Podría ser que:
- Nos quedemos como estamos, al entenderse que las prórrogas no son acumulables (esta es la tesis que defiende el propietario ahora)
- Se nos prorrogue el contrato hasta el 31 de enero
- Podamos pedir una nueva prórroga de 6 meses, dado que la idea fundamental del decreto es que se mantengan los contratos que están próximos a expirar
¿Cuál es vuestra interpretación? Gracias por adelantado!
Se amplían hasta esa misma fecha del 31 de enero de 2021 los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis
meses, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor
Os comento mi caso, soy un inquilino cuyo contrato de alquiler finalizaba el pasado 1 de junio de 2020. Allá por mayo cuando se decretó por primera vez esta prórroga de 6 meses, me acogí a ella sin problemas con el propietario, de manera que el contrato quedaba prorrogado hasta el 1 de diciembre de 2020 sin problema por ambas partes.
Ahora leyendo el nuevo decreto, no me queda claro cómo afecta a los que ya estábamos prorrogados. Podría ser que:
- Nos quedemos como estamos, al entenderse que las prórrogas no son acumulables (esta es la tesis que defiende el propietario ahora)
- Se nos prorrogue el contrato hasta el 31 de enero
- Podamos pedir una nueva prórroga de 6 meses, dado que la idea fundamental del decreto es que se mantengan los contratos que están próximos a expirar
¿Cuál es vuestra interpretación? Gracias por adelantado!