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Contrato de Arrendamiento

6 respuestas
Contrato de Arrendamiento
Contrato de Arrendamiento
#1

Contrato de Arrendamiento



Supongamos que se firma un contrato de arrendamiento con fecha de (inicio) del 1 de septiembre, pero la firma se realiza el 1 de agosto.

¿Podría haber algún problema al actuar así?
Me refiero a si la parte arrendataria actuara (después de la firma) con mala fe.



Gracias.


#2

Re: Contrato de Arrendamiento

En el contrato se pueden indicar ambas fechas tranquilamente y de forma totalmente legal. De hecho, en el encabezamiento se suele indicar la fecha de firma y en una de las cláusulas la fecha de inicio del contrato (normalmente se indica junto a la duración del mismo).

No se me ocurre qué problema u acto de mala fe pudiera causarte el arrendatario poniendo dos fechas distintas, a lo sumo que se retractara de cumplir el contrato después de firmar y antes de que entrara en vigor, pero una vez firmado ya es de obligado cumplimiento.
#3

Re: Contrato de Arrendamiento

¿Con entrega de la posesión del inmueble desde el 1 de agosto?
#4

Re: Contrato de Arrendamiento

Con entrega de posesión del inmueble desde el 1 de septiembre.
#5

Re: Contrato de Arrendamiento

Pues perder un mes sin buscar un inquilino. Yo hace poco hice un contrato así y pusimos unas arras. Me entregaron una cantidad equivalente al 50% de la fianza. Si se retractaban, me quedaba con esa cantidad. Si me retractaba yo, devolvía el doble. Si no, servía de adelanto para la fianza, que es lo  que pasó al final.
#6

Re: Contrato de Arrendamiento

Inquilino es el actual, simplemente quiero tener el nuevo contrato firmado 1 mes antes.
No quiero arriesgarme a que si espero al último día (1 de septiembre) el inquilino intente forzar una rebaja del alquiler.
#7

Re: Contrato de Arrendamiento

Finalmente parece que es seguro y viable firmar un mes antes.


Gracias.