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Actos jurídicos documentados - Comprar casa

6 respuestas
Actos jurídicos documentados - Comprar casa
Actos jurídicos documentados - Comprar casa
#1

Actos jurídicos documentados - Comprar casa

 En breve firmare una subrogación de hipoteca, Estas están exenta del pago del impuesto.

Pero quien paga el impuesto de AJD por la compra venta de la vivienda cuando está es nueva?

Al que compra le da igua, un  contrato bien redactado le sirve.

A priori, el interesado es El Banco, ¿Tienen que asumir ellos el pago?

Gracias

#2

Re: Actos jurídicos documentados - Comprar casa

El sujeto pasivo es el comprador. No entiendo qué quieres decir con que el interesado es el banco...

#3

Re: Actos jurídicos documentados - Comprar casa

Será pasivo el que sale menos beneficiado del acto jurídico documentado.
Todo en relación con el Rd, a raíz del Real Decreto-ley 17/2018, de 8 de noviembre, por el que se modifica el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
No logró entender si en este caso lo asume el banco

#4

Re: Actos jurídicos documentados - Comprar casa

 Creo que a lo que se refieres es a los AJD en préstamos hipotecarios, ampliaciones de préstamo etc... no en la venta. Aunque venda el banco, que no se si es el caso, el impuesto en este caso lo paga el comprador. Imagina que existe una venta de primera transmisón sujeta a IVA y que por lo tanto tributa por AJD pero se adquiere sin financiación, es decir no intervinene ninguna entidad bancaria ¿Quién paga el impuesto ?

 

Un saludo

#5

Re: Actos jurídicos documentados - Comprar casa

Se trata de una subrogación, ya existe hipoteca sobre el bien y está libre de pago del impuesto.
El AJD se plantea por la compra venta del bien, el Iva se abona por ser un producto nuevo.
Al que compra con un contrato de compraventa es suficiente

#6

Re: Actos jurídicos documentados - Comprar casa

Lo están mirando jurídicamente, mi intención, tener una segunda opinión

#7

Re: Actos jurídicos documentados - Comprar casa

Vas a realizar una compraventa con subrogación. La subrogación de hipoteca, como bien dices, esta exenta de AJD por este lado ok. Pero la compraventa, en este caso tributa por AJD ya que es primera transmisión y pagas iva (si no iria por ITP), por el tipo impositivo que tenga tu comunidad autonoma y el sujeto pasivo es el comprador. 

Te copio lo que dice la normativa, el caso que expones es el del primer parrafo para las compraventas y el segundo para los préstamos.

Quién declara el impuesto:

"Será sujeto pasivo el adquirente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales, o aquellos en cuyo interés se expidan.

Cuando se trate de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria, formalizadas desde el día 10 de noviembre 2018 se considerará sujeto pasivo al prestamista. Sin embargo, en las escrituras  de préstamo con garantía hipotecaria formalizadas antes del día 10 de noviembre  de 2018 el sujeto pasivo es el  prestatario."

Quiza la duda te surja debido a que son dos hechos imponibles aunque lo firmes en un unico documento, por un lado la subrogación del préstamo hipotecario y por otro lado la compraventa.

Otra cosa es que, en tu caso particular , puedas adherirte a alguna bonificación fiscal en tu comunidad autonoma, pero insisto, el impuesto de la compraventa ,sea AJD o sea ITP el obligado tributario es el comprador.

 

Saludos.