Si pago la hipoteca, ¿me quedo sin deducción?
Voy a vender un piso en breve, mi duda es si pago la hipoteca de mi casa pierdo la deduccion,
si mejor invertirlo en algun producto atractivo o siempre sera mejor amortizar la deuda.Gracias
CÓDIGO AMIGO
Voy a vender un piso en breve, mi duda es si pago la hipoteca de mi casa pierdo la deduccion,
si mejor invertirlo en algun producto atractivo o siempre sera mejor amortizar la deuda.Gracias
Sencillo test :
En el plazo que le queda a las hipoteca, responda ‘si’ o ‘no’ a las siguientes cuestiones:
• Mi vivienda actual satisface totalmente mis necesidades presentes y futuras
• No tengo prevista ninguna inversión o gasto importante: coche, garaje, apartamento vacacional…
• Soy asalariado y tengo una enorme estabilidad laboral
• Tendré una buena paga de jubilación.
• Mis ingresos (nómina, rentas, alquileres, etc) son estables a largo plazo y recurrentes.
• Mis gastos se mantendrán en la proporción actual sobre mis ingresos
• No tengo hijos ni mayores que dependan económicamente de mí, ni los voy a tener.
• Tengo aversión a inversiones alternativas (bolsa, fondos….) y los plazos fijos que me ofrecen están muy por debajo de los intereses que pago por hipoteca.
Si todas las respuestas son “SI”, amortiza el préstamo de la vivienda. Si tienes alguno o varios “NO”, tú mismo….
S2
Si dicha vivienda no es tu vivienda habitual según IRPF, no tenías derecho a deducción.
Si lo es, según parece y con los requisitos de la ley o reglamento del Impuesto de las Personas Fisicas, la única opción para no perder la deducción es comprarte otra vivienda habitual por reinversión.
Aparte la plusvalía o minusvalía generadas "deberías" plasmarla en la declaración.
Si asumes esa pérdidas de antemano, ya las opciones posibles para rentabilizar el dinero, son las que te plantea Maltijo.
Un saludo
Pese a la ambigüedad de la exposición de Exuperio, entiendo que lo ha vendido es otra vivienda, distinta a la habitual, y que es sobre esta última sobre la que tiene hipoteca y está deduciendo. Y por tanto, la pregunta va en el sentido de si puede destinar el producto de la venta a amortizar hipoteca, y las consecuencias fiscales de ello (perdida de deducción).
Dando por sentado que la vivienda actual reúne los requisitos para deducir en IRPF, indicar que además de la limitación máxima por ejercicio y declaración de los 9.015 euros, existe otro límite, que dicho de modo 'tosco', son las ganancias del año.
Si decide amortizar/cancelar anticipadamente, toda cantidad que supere dichos límites (el menor de los dos), no tendría derecho a deducción, presente ni futura.
S2
CON VARIOS NOS, QUE HARIAS MALTIJO
Hoy por hoy yo no amortizaría. Lo metería al 3 o 3,25% que están dando muchos depósitos conservadores (o incluso compraría con parte algunas acciones que dan y seguirán dando más dividendo que eso) y el diferencial de intereses te sale positivo. Amortizaría el maximo que permite hacienda y mientras los depósitos estén un 20% por encima del tipo de interés de la hipoteca (lo que se queda hacienda) no amortizaría.
Actualmente si tienes un 2% pagando de hipoteca y un 3% que te pagan en depósitos sale más a cuenta no amoritzar y ir cobrando interese.