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Subrogar Hipoteca

2 respuestas
Subrogar Hipoteca
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#1

Subrogar Hipoteca

Buenas, tengo hipoteca con unicaja y estamos pensando en subrogarla a ING, pero al mirar en las escrituras la comision por cancelacion de la hipoteca me aparece en el punto B, el texto que veis a continuacion y no lo entiendo, ¿alguien puede explicarmelo que lo entiena? no entiendo lo de la perdida o beneficio, ¿como se si la subrogacion le genera perdidas o ganancias a unicaja?

#2

Re: Subrogar Hipoteca

Buenos días,

Si no entiendo mal, el apartado B se refiere a la llamada compensación por tipo de interés. Lo de pérdida o ganancia es porque en el caso de que quieras cancelar anticipadamente de forma total o parcial tu hipoteca, va a existir una diferencia entre el capital pendiente en el momento de la cancelación anticipada y el valor de mercado del préstamo o crédito. En el caso de que esta diferencia sea negativa, se entiende que hay una pérdida de capital para el banco, que deberás compensarle. Si hay ganancia, será lo contrario, el banco te deberá compensar esa diferencia positiva. 

Tal y como especifica la ley 41/2007: 

La compensación por riesgo de tipo de interés será la pactada y dependerá de si la cancelación genera una ganancia o una pérdida de capital a la entidad. Se entenderá por ganancia de capital por exposición al riesgo de tipo de interés la diferencia positiva entre el capital pendiente en el momento de la cancelación anticipada y el valor de mercado del préstamo o crédito. Cuando dicha diferencia arroje un resultado negativo, se entenderá que existe pérdida de capital para la entidad acreedora.

El valor de mercado del préstamo o crédito se calculará como la suma del valor actual de las cuotas pendientes de pago hasta la siguiente revisión del tipo de interés y del valor actual del capital pendiente que quedaría en el momento de la revisión de no producirse la cancelación anticipada. El tipo de interés de actualización será el de mercado aplicable al plazo restante hasta la siguiente revisión. El contrato de préstamo especificará el índice o tipo de interés de referencia que se empleará para calcular el valor de mercado de entre los que determine el Ministro de Economía y Hacienda.

Espero haber podido resolver tu duda.

Un saludo!

#3

Re: Subrogar Hipoteca

Buenas,

 

tu hipoteca es de tipo fijo?

EL mío es variable, pero aún así contiene la misma clausula. ¿Como acabó lo tuyo?