Acceder

Duda Nota simple: Afección Autoliquidación Herencias -...quedando afecta esta finca durante 5 años a la liquidación/es

1 respuesta
Duda Nota simple: Afección Autoliquidación Herencias -...quedando afecta esta finca durante 5 años a la liquidación/es
Duda Nota simple: Afección Autoliquidación Herencias -...quedando afecta esta finca durante 5 años a la liquidación/es
#1

Duda Nota simple: Afección Autoliquidación Herencias -...quedando afecta esta finca durante 5 años a la liquidación/es

Voy a comprar una vivienda y en la nota simple aparece el texto:
"AFECCION AUTOLIQUIDANCION HERENCIAS. Autoliquidado el impuesto por 0 euros, quedando afecta esta finca durante 5 años a la liquidación/es que puedan girarse, según resulta de nota de fecha 20 octubre de 2016, al margen de la incripción..."

El piso lo compraré por un valor superior al que lo compraron mas o menos por la media de mercado.

¿Me puede hacienda llegar a reclamar algo?
¿Es algo que han de pagar los venderores?
¿Puede mi banco no autorizarme la hipoteca por esta afectación?

Muchas gracias de antemano a todos por vuestra ayuda!!!

#2

Re: Duda Nota simple: Afección Autoliquidación Herencias -

Esas notas se ponen siempre que se liquida un impuesto. Son inevitables ya que constituyen una garantía hacia la Administración Pública.

En tu caso sólo significa que quien te vende el piso lo heredó y liquidó el impuesto a cero por no llegar al mínimo a partir del cual se paga. Si la Adminstración competente considerara que no liquidaron bien y sí que les tocaba pagar les reclamará a ellos lo que toque y sólo en el caso de que no pagaran entonces podrían dirigirse contra esta vivienda que tú estas comprando. Ahí radica el valor de esas notas.

En el peor de los casos podrían embargar la vivienda para pagar lo que los otros no han pagado y el sobrante te lo darían a ti. Evidentemente tú podrías proceder contra quien te vendió la casa y pedirle responsabilidades.

Los bancos no deniegan hipotecas por eso porque es muy frecuente comprar cosas con esas afecciones. De lo contrario no se podría hacer nada con esos inmuebles hasta que hubieran pasado cinco años, que es cuando esas afecciones fiscales caducan.