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Extinción de condominio que no es una donación

5 respuestas
Extinción de condominio que no es una donación
Extinción de condominio que no es una donación
#1

Extinción de condominio que no es una donación

HOla a todos

 

Intento explicar brevemente mi caso

 

apartamento en la playa que para poder seguir asumiento, se hace una novación de la hipoteca. Ahora, los 3 hermanos y mis padres rezamos tanto en escritura como en hipoteca, siendo yo el titular de la hipoteca por ser el mas joven y con mejores ingresos. La hipoteca la paga mi padre. Quedan 100.000 €

Ahora, como acuerdo familiar, me quedo yo con el piso, y por supuesto la deuda. Extincion de condominio para quitar a todos y quedarme yo solo. La hipoteca, como yo soy el titular, con que pasen el recibo a mi cuenta en lugar que a la de mi padre, suficiente, no hacemos novación ni nada.

No hay compensación económica por mi parte a ninguno de los miembros.

Se puede considerar una donación encubierta? leo muchas cosas en los foros pero es complicado asimiliar tantos conceptos. Si yo ya consto tanto en escritura como en hipoteca, no es una donacion, tan solo una modificación de las escriruta.

Gracias de antemano

 

 

 

#2

Re: Extinción de condominio que no es una donación

A ver, lo que se modifica es la titularidad o situación de algo, en este caso, de un inmueble y su hipoteca, no la escritura. Para ello, se hace una nueva escritura, que solo es el instrumento, en este caso a través del notario. A su vez, estas escrituras se hacen o modifican no por voluntad divina, sino humana, en virtud de contratos o negocios jurídicos. Los negocios mas comunes son normalmente compraventas si hay precio por medio, y donaciones si no las hay. Ambos tienen impuestos asociados.

Es decir, no se puede modificar nada sin pagar algún impuesto (salvo que por lo que sea esté bonificado)

Dicho esto, para que la operación que planteas sea una extinción de condominio y tribute como tal, debe cumplir unas condiciones:

- que el inmueble se lo adjudique al 100% uno solo de los titulares

- que el inmueble sea indivisible

- que compense en metálico o mediante asunción de deuda al resto de los propietarios, según el valor actual del bien y la parte que tenía cada uno.

Ahora a ver como planteas la operación para que cumpla esos requisitos.

Un saludo

#3

Re: Extinción de condominio que no es una donación

Hola!!!

Gracias por tu respuesta

 

Pues creo que cumplo los 3 puntos

 

- que el inmueble se lo adjudique al 100% uno solo de los titulares: mediante la extición, me voy a quedar yo con el 100 % de la vivenda

- que el inmueble sea indivisible:  también, es indiviso

- que compense en metálico o mediante asunción de deuda al resto de los propietarios, según el valor actual del bien y la parte que tenía cada uno: no hay compensación ( al menos en "A" ).  Y a cambio me quedo con toda la deuda, una hipoteca de 100.000 €, que para más inri, yo soy el titular de la misma.  

Gracias de nuevo

 

#4

Re: Extinción de condominio que no es una donación

Veo perfectamente que cumples los requisitos, pero siempre que lo hagas correctamente. Lo que quiero que veas es que la operación debe quedar perfectamente cuadrada, lo que asumes de deuda (si asumes algo de lo que no eres titular), debe coincidir con lo que deberías pagar a los otros, o si habrá donación. De todas maneras, en el notario te dirán cómo hay que hacerlo.

Un saludo

#5

Re: Extinción de condominio que no es una donación

Quizas sea la parte que no comprendo bien o no se como funciona sea la que dices de "cuadrar" lo que asumo

yo asumo 100.000 € que se deben al banco y un dinero que voy a dar a mi padre, pero todo entre nosotros, para no tener que tributar ese incremento. el impuesto sujeto a extencion de condominio es el IAJD, ademas de registro, notaria .........

cuando te refieres a que coincida el valor a pagar, te refieres al valor del piso?? o de la deuda?

 

Gracias

#6

Re: Extinción de condominio que no es una donación

A ver si lo entiendes con un ejemplo sencillo simulando.

-El piso se valora en 100.000

-la hipoteca pendiente son 50.000

-tienes una cuarta parte tanto de la vivienda como de la hipoteca

valor neto piso=100.000-50.000= 50.000

valor que le toca a cada uno= 50.000/4= 12.500

Si te quedas tu el piso y la deuda, llevas adjudicado un neto de 50.000, por lo que llevas un exceso de 37.500, que para que no tribute adicionalmente, debes abonar en metálico a los otros condueños, 12.500 a cada uno. Si no se lo pagas, existe una triple donación que tributa.

 

Ahora cambia los datos por los tuyos (en función de los reales de titularidad de piso e hipoteca) y la valoración actual del piso e hipoteca pendiente y mira a ver qué sale, a ver por cuanto tienes que indemnizar al resto.

Un saludo