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Poner en alquiler una VPPAOCJ

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#1

Poner en alquiler una VPPAOCJ

Actualmente resido en una VPPAOCJ (Vivienda de Protección Pública para Arrendamiento con Opción a Compra para Jóvenes) de la Comunidad de Madrid. A finales de 2018 tendré que decidir si ejecutar o no la opción a compra al precio que me indicarán (que seguro que coincidirá misteriosamente con el valor máximo estipulado ya en 2011 en la documentación... porque no pueden cambiar ese precio y pedir más, verdad?). Dado que yo no soy de origen madrileño, ni ansío serlo para el resto de mis días sino que considero esto una situación temporal indefinida hasta que me vuelva a mi tierra o me marche del país, es importante saber ante la decisión de compra si voy a poder alquilar la vivienda a terceros o no.

En la documentación de 2011 pone textualmente: "El plazo de vinculación al régimen de protección de las viviendas y demás edificaciones protegidas es para las VPPAOCJ de 7 años de acuerdo con el Reglamento de Vivienda con Protección Pública aprobado por Decreto 11/2005, de 27 de enero." Es la única referencia al plazo de régimen de protección que he podido hallar en la documentación aportada. Esto implicaría que, una vez llegado finales de 2018, las viviendas perderían el régimen de protección tanto si los actuales inquilinos ejecutamos la opción a compra como si no, pudiéndose a partir de ahí vender o alquilar libremente. ¿Estoy interpretándolo correctamente?

Ya sé que algunos ven con malos ojos el alquiler de viviendas protegidas o incluso su venta, pero al precio máximo de la vivienda y viendo los alquileres que tendría que asumir en la zona en caso de mudarme o de quedarme en la vivienda pero sin ejercer compra, creo que me compensa más la compra. Y si 5 años después me voy no pretendo hacerme rico con un alquiler inflado, simplemente no tenerla vacía y que me compense los gastos me basta.

Gracias y un saludo