Entregas a cuenta construcción vivienda procedentes de un crédito
Hola:
Mi caso es que en 2008 entregamos a un constructor la cantidad de 3.000 € de nuestros ahorros en concepto de señal y poco después otros 30.000, éstos provenientes de un crédito personal. Ahora me pongo a hacer la declaración y me parece que tan sólo podemos deducir los los 3.000 que entregamos y de los otros 30.000 pues tan sol olas cantidades realmente satisfechas al banco en 2008 más los gastos. Esto deduzco de la guia de renta 2008. Supongo que lo hacen así para no deducir las mismas cantidades dos veces, con el crédito personal y luego en la hipoteca ¿Estoy en lo cierto? Si esto es así ¿Podré seguir deduciendo el próximo año lo que vaya pagando al banco en el presente 2009?. Gracias y perdón si me he extendido demasiado.