No es necesario hacerlo ante notario, hay otra forma mas sencilla, se trata de hacer un contrato entre vosotros, al ser un hijo lo puedes hacer a interé cero, darle el dinero con registro bancario, y la devolución también a través de banco. Ahora hay que buscar una forma de que se nos acredite legalmente que el contrato existe, que nos de fe de la fecha, de la existencia del contrato, esto se puede hacer ante notario como te dice el compañero o bien (y es mas barato) presentando el documento en la oficina liquidadora de impuestos de la comunidad autónoma, cuyos delegados son los Registros de la Propiedad, se trata de hacer tres copias de contrato, una para ti, una para tu hijo y otra para la oficina liquidadora, se rellena el impreso 620 y liquidan, y como los préstamos sin garantía hipotecaria están exentos, pues te sellan los contratos, los registran y el impuesto es cero !!!!! el coste del contrato, pues lo que tardes en rellenar los documentos y presentar ....