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Resolución contrato alquiler

6 respuestas
Resolución contrato alquiler
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#1

Resolución contrato alquiler

En Febrero de este año 2012 alquilé una vivienda , el contrato era por un año ,hasta el 2013, pero al cabo de 4 meses por cuestión de traslado de ciudad ya no nos interesaba seguir con el alquiler , por lo cual hablé con la inmobiliaria Forcadell y me dijeron que si yo les entregaba las llaves y renunciaba a la vivienda, si ellos encontraban otra persona a la que le interesara este piso yo podría dejarlo y ya no tener que seguir pagando el alquiler hasta terminar el año con lo cual me ahorraba de tener que pagar esos meses , y que ya me devolverian la fianza. Cuando encuentran a otro inquilino me hacen firmar un papel cuyo texto os pongo más abajo por el que se supone que yo quedaba ya exenta de pagar ningún mes más. Ellos ya no me pasaron ningún recibo como estaba acordado y las otras personas ocuparon la vivienda . Pero resulta que al cabo de un mes me llaman los de la inmobiliaria y me dicen que "donde dije digo digo diego" y que como había incumplido el contrato por no estar hasta que acabara el plazo estipulado de un año pues que no me piensan devolver la fianza de 282 euros + Garantia adicional :1020 euro , total 1300 euros. Necesito saber si tienen razón o no , porque yo creo que no he incumplido nada y que son unos ladrones ( los pisos son propiedad de BANIF ). Aqui os pongo el texto de lo que firmé para la resolución del contrato:

" ..... Expresamente se hace constar que Fincas Forcadell SLU como Administrador de GESFONTESTA, SAU, recoge las llaves sin que ello suponga en modo alguno renuncia a los derechos derivados de la relación contractual, ni aceptación de la resolución del contrato de arrendamiento, que en aplicación de la claúsula tercera del mismo vincula de forma obligatoria a las partes hasta el 28 de febrero 2013.
El arrendatario autoriza al Arrendador y al Administrador nombrado por él para la puesta en marcha de la comercialización de la vivienda, quedando plenamente resuelto el contrato de referencia en el momento de la firma de un nuevo contrato.
Y para que así conste a los efectos oportunos , etc...

Cuando firmé el contrato de alquiler esta era claúsula referente a la FIANZA :

SEPTIMA.- FIANZA.

El arrendatario ha abonado al arrendador, según recibo aparte, la cantidad equivalente a una mensualidad de renta, como fianza en metálico a que se refiere el artículo 36.1 de la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos de 1.994.

Además, el arrendatario ha entregado al arrendador, que ha recibido, depósito en metálico por un importe máximo de 1.020 EUROS como garantía adicional a que se refiere el artículo 36.5 de dicha Ley.

Las mencionadas fianza en metálico y garantía adicional se liquidarán a la finalización por cualquier causa del contrato de arrendamiento, por lo que no eximen al arrendatario del cumplimiento de sus obligaciones arrendaticias -especialmente la de pagar la renta y las demás cantidades cuyo pago haya asumido o le corresponda- en el plazo, modo y lugar pactados y no tiene eficacia alguna para eludir los efectos del incumplimiento previstos en el artículo 27 de la mencionada Ley -ni tampoco para enervar el desahucio que se fundamente en el incumplimiento de la señalada obligación-.

Por favor si alguien puede ayudarme para saber a qué atenerme , porque si no es legal lo que quieren hacer los denunciaré porque me han engañado diciendo que era una cosa y cuando ya tenían el piso libre han dicho todo lo contrario pero claro yo no sé si lo que està escrito me sirve para algo o no tengo nada que hacer. Muchas gracias . Saludos

#2

Re: Resolución contrato alquiler

lo correcto es q si incumples contrato, te pueden reclamar el perjuicio q les causa, eso si tienen q demostrar q lo han intentado poner en alquiler cono parece ha sido, por supuesto si lo logran alquilar ya no hay perjuicio a partir de ahí, es decir si te quedan 6 meses y a los dos meses de dejarlo lo alquilan, te pueden reclamar dos meses.

la fianza no esta para eso, esta para daños que se pueden producir, si bien la costumbre lo que implicaba era que como más o menos un mes ya les habías jorobado se quedaban con la fianza y luego pasaban de reclamarte, pero insisto no esta para eso la fianza

en tu caso, dicho lo anterior, lo correcto es que te reclamen las mensualidades de los meses en que el piso estuvo vacío entre tu marcha y la entrada de los nuevos inquilinos, que es el perjuicio real que les has "provocado" incumpliendo el contrato.

es una cabr.., pero es lo que hay

saludos

#3

Re: Resolución contrato alquiler

Muchas gracias por tu respuesta. El piso yo lo dejo el último dia del mes de Octubre porque ese mes ya había pagado el recibo y entrego las llaves ese mismo dia, los otros inquilinos entran el 1 de Noviembre y ya pagan ellos el mes de Noviembre con lo cual no han perdido ningún mes . El tema de siempre, se buscan mil excusas para no devolver el dinero. la cabronada es que me han engañado , me dicen que no pasa nada si dejo el piso antes de acabar el contrato siempre que entren otros inquilinos y cuando ya he soltado el piso me dicen que he incumplido el contrato con lo cual estàn cobrando el alquiler a los otros y se quedan también con mi fianza , negocio redondo.
Saludos.

#4

Re: Resolución contrato alquiler

Hola, ¿por qué no vas a una oficina de la vivienda? creo que como primer paso, te pueden informar un poco más.

La ley no es clara en este asunto, y esta puede variar, desde cobrarte todos los meses que queda hasta finalizar el contrato, como puede ser que no tengas que pagar absolutamente nada. También depende de lo que pone en el contrato (por eso, más que mirar que pone en el contrato sobre la finanza, tendrías que mirar si pone algo de penalización por incumplimiento de contrato). También es importante si han conseguido alquilarla después, si quieren lucrarse, etc.

En mi opinión, veo que la resolución es totalmente contradictoria, por un lado ponen que no renuncian a los derechos, pero por otro lado, pone que la devolución de las llaves y nuevo contrato finaliza el contrato.

Pienso que molestias les han ocasionado, han tenido que buscar una persona, enseñar el piso, otro contrato, etc... pero no han dejado de cobrar ni un mes y muchos menos que estos, asciendan a 1300 euros, ya que han alquilado el piso inmediatamente. Se ve claramente que están intentando beneficiarse.

En definitiva, personalmente no lo dejaría así e intentaría "pelearlo"... tienes la resolución, que se están intentando lucrar, y creo que ante esto los jueces suelen dictaminar sentencias a favor del inquilino.

Suerte y saludos.

#5

Re: Resolución contrato alquiler

Efectivamente, has pensado lo mismo que yo, un parrafo contradice al otro "...recoge las llaves sin que ello suponga en modo alguno renuncia a los derechos derivados de la relación contractual, ni aceptación de la resolución del contrato de arrendamiento, que en aplicación de la claúsula tercera del mismo vincula de forma obligatoria a las partes hasta el 28 de febrero 2013." 
Y en el siguiente parrafo parece que dice lo contrario :
" El arrendatario autoriza al Arrendador y al Administrador nombrado por él para la puesta en marcha de la comercialización de la vivienda, quedando plenamente resuelto el contrato de referencia en el momento de la firma de un nuevo contrato. " ¿ En que quedamos resolvemos o pago o que ? no se aclaran , creo que deben hacer tantos corta y pega en los contratos que no tienen coherencia las frases .
Yo a buenas hubiera incluso aceptado que me hubieran dado la mitad al menos , por lo que tu dices de que han tenido las molestias de enseñar el piso etc, yo soy una persona razonable y no me gusta tampoco aprovecharme de ninguna situación ,pero que me engañen para hacer la jugada de sacar tajada cobrándole a otro y encima quedarse mi fianza desdiciendose de lo que habiamos acordado es un engaño en toda regla . Yo hasta estoy pensando si es algún chanchullo a nivel de la que està en la inmobiliaria y el coleguita de turno , que han pensado , a la idiota esta le decimos que ha incumplido el contrato y nos quedamos con la fianza, porque cuando le dije que quería un documento en toda regla donde dijera que yo había incumplido el contrato y que se quedaban con la pasta ,la de la inmobiliaria se quedó un poco parada, además le dije que quería hablar con algún superior suyo me salió diciendo que ella era la que representaba a la inmobiliaria y que yo solo podía tratar con ella , cuando esta señorita es solo una simple empleada .
Me has dado una buena idea , ir a una oficina de la vivienda, es una opción que no había pensado. Muchas gracias por tu consejo. Un saludo.

#6

Re: Resolución contrato alquiler

En primer lugar decirte que creo que has pecado de ingenua y de buena fe. Deberias haber exigido la entrega de la fianza a la entrega de llaves. Diciendoles algo como: "Es muy sencillo o me dais la fianza el dia de entrega de llaves o dejo de pagar y no me voy hasta que los meses de impago cubran la fianza"
Pero bueno una vez que te han hecho la jugarreta yo lo que haria es enviarles un burofax citandoles el parrafo en el que ellos dicen que con la firma del nuevo contrato queda disuelto el contrato, por lo que exiges que en el plazo de 15 dias te hagan entrega de la fianza que tienen obligacion de abonarte una vez finalizado el contrato y habiendo pasado el perido legal de un mes para realizar el pago de la misma, o iniciaras medidas legales contra ellos, reclamandoles la fianza + intereses + costas. Este escrito, es mejor que te lo redacte un abogado y que vaya sellado. Espero que tengas suerte con esos caraduras, como ves no siempre el inquilino es el malo de la pelicula.

#7

Re: Resolución contrato alquiler

He pecado de ingenua y de bien ingenua porque además a la chica de la oficina le dije que si conseguía alquilarlo pronto ( para poder liberarme yo de la carga del alquiler )le daría una gratificación, asi que el dia que le di las llaves le di 50 euros como una especie de gratificación porque claro, yo estaba contenta porque me ahorraba de pagar los 4 meses que me quedaban para completar el año, debía haberme esperado a que me devolvieran la fianza para darle esa gratificación , o sea que me he quedado sin los 50 pavos y sin la fianza. A ver si aprendo ya de una, no se puede ser bueno.
Muchísimas gracias por tu consejo. Un saludo.