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Extinción de condominio

5 respuestas
Extinción de condominio
Extinción de condominio
#1

Extinción de condominio

Buenos días. Soy nuevo en el Foro y me gustaría saludar a todos los que formamos parte de él y agrader, sobre todo, la ayuda que nos prestan en temas ciertamente delicados a veces.
Paso a exponer mi situación esperando explicarme con suficiente claridad. Somos tres hermanos y tenemos a nuestro nombre, mediante escritura, un piso y una plaza de garaje (procedentes de una herencia). Yo quiero comprar una segunda vivienda, para vacaciones, y, hablando con mis hermanos, uno de ellos se quiere quedar con la vivienda que tenemos los tres, dándonos una cantidad de dinero a cada uno de los otros dos hermanos. Mis dudas: ¿Se consideraría como una venta o como disolución de condominio?¿Habría que pagar plusvalía? Como la totalidad del dinero se va a emplear en una nueva compra ¿habría que pagar algún tipo de impuesto por aumento de patrimonio o cualquier otro? Muchas gracias por anticipado.

#2

Re: Extinción de condominio

Transmisión/disolución: Si no se actualizan valoraciones de la cosa común, es disolución (AJD). Si se actualizan, es disolución por la parte del valor original (AJD), y transmisión por el exceso (ITP).

Plusvalía: depende de la ordenanza de tu ayuntamiento. Normalmente cualquier cambio de titularidad implica pagar la plusvalía municipal. Hay excepciones.

Impuesto por aumento patrimonial: Depende del valor de la operación. Si no hay actualización, tú ingresas X a cambio de una parte de una copropiedad que está valorada en X.
X - X = 0.
Si hay actualización del valor, habrá previsiblemente una ganancia patrimonial.
Salvo que la vivienda constituya tu vivienda habitual, no se contempla ninguna exención/deducción por re-adquisición.
La operación, sea el resultado 0, negativo, o positivo, para el "vendedor" es obligatorio declararla en el IRPF, en todo caso.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Extinción de condominio

Muchas gracias

#4

Re: Extinción de condominio

Perdón de nuevo pero me comienzan a asatar más dudas. El piso está en la Comunidad de Madrid, y en su día al hacer las escrituras a nombre de los tres hermanos se puso un valor de 250.000€, que hoy en día es muy inferior. Eso tendría algo que ver con disminución de patrimonio a efectos de IRPF? Gracias.

#5

Re: Extinción de condominio

Si lo haceis por disolución, se queda valorado en 250.000, pero a nombre de uno solo.

Supuestamente cada uno de los otros dos hermanos, recibireis 83.333,33 €.

Si lo haceis actualizando valores, a la baja, a por ejemplo 150.000 €, al disolver la cosa común, cada hermano recibe 50.000 €.

En este caso, la AEAT puede entender que hay una pérdida patrimonial originada en una liberalidad (aceptar en pago 50.000 € de una cosa valorada en 83.333,33 €). Y las pérdidas originadas en liberalidades no pueden restarse.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#6

Re: Extinción de condominio

Entonces si hemos pactado una cantidad inferior a 50.000€, para cada uno de los dos hermanos que no queremos la vivienda, qué cree que nos resultaría mejor a efectos tributarios totales?