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Cancelación registral de la hipoteca

4 respuestas
Cancelación registral de la hipoteca
Cancelación registral de la hipoteca
#1

Cancelación registral de la hipoteca

Buenos días. Es mi primera vez aquí, saludos a todos.

El otro día cancelé registralmente la hipoteca. Me llamaron por teléfono para decirme la cuantía (242€), y a los pocos días acudí al Registro a recogerla. En principio era una sola factura a mi nombre por la cantidad de 242€, pero debí poner una cara de 'menudos precios tenéis' que el hombre dijo 'voy a preguntar una cosilla'. Al rato volvió y me dijo que iba a hacer dos facturas, una a mi nombre con los conceptos típicos de la cancelación (asiento, nota simple, etc.) por un importe de 66€, y otra factura a nombre de la entidad bancaria por importe de 154€ con los conceptos de las dos fusiones bancarias que he sufrido durante el periodo que he tenido la hipoteca (72+72€). Me dijo que tenía que pagar las dos facturas yo, y que luego fuera al banco a reclamar la de la entidad bancaria. Además tuve que pagar en efectivo, el datáfono no funcionaba en ese momento.

Luego ya he visto por internet que en ningún caso debí pagar la factura de la entidad bancaria, además en el banco se han quedado de piedra, nunca les ha pasado un caso similar, que les llegue un cliente con una factura a nombre del banco, reclamándole el dinero. Y han consultado al departamento jurídico (todavía no tengo respuesta).

He visto que podría impugnar al registro en un plazo de 15 días, de ahí que me haya decidido a consultar en este foro. No sé bien cómo hacerlo, y si merece la pena.

Gracias de antemano.

Saludos.
#2

Re: Cancelación registral de la hipoteca

También he consultado vía correo electrónico a [email protected] y esta es su respuesta:
 
Estimado Sr:
En relación a su consulta, debemos iniciar nuestra respuesta indicándole que este Servicio carece de competencias en materia  arancelaria, así pues, debe solventar sus dudas directamente en el Registro de la Propiedad que haya expedido la factura.
Para poder realizar un adecuado cálculo del arancel es necesario tener acceso a la hoja registral de la finca y de los documentos presentados a inscripción, sin ello no será posible evaluar o calcular los derechos a inscribir.
Sobre la fusión por absorción simplemente indicarle que determinadas operaciones sí son minutables en función de la fecha de la fusión y de la  entidad afectada.
Si en su caso, la operación registral practicada devenga honorarios, el presentante deberá pagar la inscripción de la fusión en el Registro de la Propiedad, si bien puede intentar posteriormente, en virtud de las relaciones contractuales establecidas con la entidad financiera, solicitar que éste le abone el importe abonado por dicho concepto.
En cualquier caso, como ya le indicamos carecemos de competencia arancelaria, por ese motivo, debe consultar en el Registro concreto, no dudamos que será debidamente atendido y todas sus dudas aclaradas.
Pregunte en el Registro y no obstante, si finalmente no estuviera conforme con los argumentos o explicaciones que les puedan ofrecer en la oficina registral  siempre puede impugnar la minuta siguiendo el procedimiento regulado en el Anexo II, norma Sexta del Real Decreto 1427/89, que regula el arancel de los Registradores, tal y como se recoge al pie de la minuta.
La impugnación puede presentarse bien ante el Registro de la Propiedad competente bien ante el Colegio de Registradores dentro de los quince días hábiles siguientes a los de la notificación o entrega de la minuta.
Al escrito suscrito con firma original, en el que señale los motivos de disconformidad, deberá acompañar fotocopia de la factura.
Si opta por presentar el escrito de impugnación ante el Colegio de Registradores nuestra dirección postal es la siguiente:
Colegio de Registradores
Departamento de honorarios
C/Diego de León, 21-7ªplanta
28006 Madrid
O bien con firma electrónica mediante correo electrónico a la siguiente cuenta: [email protected]
Atentamente,

 
#4

Re: Cancelación registral de la hipoteca

Gracias leopol72, me pongo a investigar. Espero poder solucionarlo sin muchos quebraderos de cabeza. Gracias
#5

Re: Cancelación registral de la hipoteca

Hola, ya se que este hilo es antiguo, pero hoy he ido al tçregistro de la propiedad, a por  la escritura, el pago lo hice anticipadamente por transferencia bancaria, y me han dado dos facturas, una  para  mi y la otra a nombre de Caixabank, con un unico concepto, transmisión hipoteca. Puedo reclamar el pago de esa factura al banco??,
Gracias