Incumplimiento cláusula vivienda habitual
En el proyecto de contrato que me ha enviado el banco antes de la firma de la hipoteca por vivienda habitual aparece esta cláusula que no comprendo. ¿Alguien puede aclararme a que estoy sujeto si llegase a incumplir el hecho de que sea vivienda habitual?
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
129.2.b de la Ley Hipotecaria, la parte prestataria
manifiesta que la vivienda objeto de hipoteca antes
descrita tendrá el carácter de vivienda habitual.
En el caso de que el Banco constate de manera
fehaciente que el prestatario ha incumplido la
obligación contenida en el párrafo anterior, no
resultarán de aplicación al presente contrato los
límites derivados de las previsiones legales
aplicables a préstamos concedidos para financiar la
adquisición de la vivienda habitual del prestatario.