En mi opinión, no, puesto que yo los consideraría valores homogéneos.
Siguiendo ese criterio de homogeneidad, transcribo la
norma y resalto:
(...)
En concreto, se consideran homogéneos el conjunto de valores negociables
procedentes de un mismo emisor, que formen parte de una misma operación financiera o respondan a una unidad de propósito, incluida la obtención sistemática de financiación, y que tengan igual naturaleza y régimen de transmisión, y
atribuyan a sus titulares un contenido sustancialmente similar de derechos y obligaciones.
La homogeneidad de un conjunto de valores
no se verá afectada por la eventual existencia de diferencias entre ellos en lo relativo a su importe unitario; fechas de puesta en circulación, de entrega material o de fijación de precios; procedimientos de colocación,
incluida la existencia de tramos o bloques destinados a
categorías específicas de inversores; o cualesquiera otros aspectos de naturaleza accesoria. En particular, la homogeneidad no resultará alterada por el fraccionamiento de la emisión en tramos sucesivos o por la previsión de ampliaciones.
(...)
Hay una consulta vinculante que plantean la situación de reembolsar un fondo con pérdidas para suscribir otro de la misma gestora, y lo consideran válido a efectos de compensar las minusvalías. Pero el fondo de inversión era otro, no dos clases distintas del mismo fondo.
Lo dicho, yo no las compensaría, a pesar de tener distintos ISIN. El fondo en su conjunto es el mismo.
Si quisieras aflorar pérdidas para suscribir una clase cubierta, busca alguna alternativa intermedia. Por ejemplo, reembolsa Seilern y entra en un quality global similar con divisa cubierta, y pasado el plazo legal, muévelo al Seilern cubierto.