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Plan de pensiones (aportaciones al cónyuge en paro) y rescate posterior

14 respuestas
Plan de pensiones (aportaciones al cónyuge en paro) y rescate posterior
2 suscriptores
Plan de pensiones (aportaciones al cónyuge en paro) y rescate posterior
#1

Plan de pensiones (aportaciones al cónyuge en paro) y rescate posterior

Buenas tardes

Os planteo la estrategia que estoy analizando recomendar a una amiga, en paro, sin subsidio, casada con un hijo y con una hipoteca de unos 500€/mes aprox. El cónyuge debe cobrar cerca de los 35-40mil, y me dice que hace años que siempre les sale la declaración a devolver, porque la hacen conjunta.

Con el objetivo de obtener ventaja fiscal a la vez de cubrirse ingresos a futuro, le quiero proponer un plan de pensiones a su nombre para:

- obtener la ventaja fiscal al marido en la declaración como aportación a planes del cónyuge, hecho que favorece a ambos (máx 2.500€ al año)

- ella dispondrá de un ahorro que, llegada la jubilación, le complementará la birria de pensión que podría tener, si es que llegado el caso tiene alguna

- al estar en paro, podrá rescatar en cualquier momento, y esa disponbilidad le permite gestionarse ante imprevistos,

- además si lo rescata le castigará fiscalmente menos que el beneficio fiscal obtenido ¿es correcto?

- rentabilidad presumiblemente positiva a sus ahorros

- equilibra la renta individual en caso de divorcio (eso sólo se lo diré a ella)

Gracias por revisar mis argumentos y comentéis lo que consideréis oportuno

Saludos

#2

Re: Plan de pensiones (aportaciones al cónyuge en paro) y rescate posterior

Hola.

Soy novato en estos temas, pero por si te sirve de algo, yo pregunté exactamente lo mismo pero para mi mujer:

https://www.rankia.com/foros/fondos-inversion/temas/3517154-plan-pensiones-para-conyuge-que-no-cobrara-pension-estado

Tras recorrerme numerosos bancos y aseguradoras (por los PIAS) de mi municipio, de preguntar en algún foro y de buscar información en Internet, llegué a la misma conclusión de la que partía: tenía que ser un plan de pensiones sí o sí, aunque no me gustara por la iliquidez (en parte tampoco viene mal por 1.ahorras sí o sí, 2.si te quedas en paro de larga duración lo puedes rescatar y 3.a los 10 años puedes empezar a rescartarlo). No hay nada más ventajoso para una renta baja o casi nula. Y eso fue lo que le contraté finalmente, y las aportaciones se las hago yo.

Un saludo.

#3

Re: Plan de pensiones (aportaciones al cónyuge en paro) y rescate posterior

Gracias por la información. Por lo que expones, tu situación es similar a la que planteo, bastante concreta como para aplicar generalidades como la fiscalidad trampa de los planes de pensiones, su baja rentabilidad u otras cosas... dado que fiscalmente te puedes ahorrar cerca de 500€ por cada 2mil€ aportados y eso difícilmente lo tendrás con FI o creando una cartera...

Gracias

#4

Re: Plan de pensiones (aportaciones al cónyuge en paro) y rescate posterior

Tienes que tener en cuenta también la fiscalidad de los rescates. Cuando saqueis el dinero del plan de pensiones tendrás que tributarlo como renta de trabajo.

#5

Re: Plan de pensiones (aportaciones al cónyuge en paro) y rescate posterior

Tributas en el momento del rescate porque no lo haces en el año fiscal en que haces la aportación, no es que vayas a pagar dos veces por lo mismo.

#6

Re: Plan de pensiones (aportaciones al cónyuge en paro) y rescate posterior

Tributa como renta de trabajo en por todo lo rescatado porque lo que rescatas es un plan de pensiones. Da igual que se haya desgravado o no, igual se ha desgravado más o igual menos.

Lo que yo le dije es que tenía que tener en cuenta también lo que tendrá que pagar al rescate. Contar sólo el ahorro no vale. ¿no te parece?

#7

Re: Plan de pensiones (aportaciones al cónyuge en paro) y rescate posterior

sí, gracias, lo tengo en cuenta

Aunque creo que una renta del trabajo de un año 10mil€ tributará menos que el ahorro fiscal de 10 años aportando 1000€...

Sabéis si, por paro, se puede rescatar sólo una parte?

Gracias

 

#8

Re: Plan de pensiones (aportaciones al cónyuge en paro) y rescate posterior

Ahora te pillo, es mejor tener en cuenta que un 15-40% va para hacienda, pero en los fondos sólo sería la parte de ganancias. Pero es que si no fuera así nunca pagaría impuestos por ese ingreso, puesto que las aportaciones a los PP bajan la base, retrasas el pago más que anularlo, y quizás con un tipo más amable. Además, hay que tener en cuenta que no es lo mismo ganar un 5% de 100 que de 80, sobre todo a largo plazo, pongo un ejemplo muy básico porque entrar a depurar los detalles sería muy tedioso y tampoco tengo el tiempo para ello, además que la fiscalidad a futuro no se puede estimar con certeza:

- gano 1000 este año, me quedo con 100 para ahorro para la pensión y lo meto todo en un fondo de inversión, por el irpf tendré que pagar 20, así que efectivamente tengo 80 en el fondo.

- gano 1000 este año, me quedo con 100 de ahorro para la pensión y lo meto todo en un plan de pensiones, por lo que tendré 100 en el plan.

- han pasado 20 años y con el fondo he ganado un 5% anual, por lo que tendría 212.26, y si lo rescatara de golpe me quedaría con 100 (que no pagan) y 112.26 que pagan el 20% de ahorro, o sea que neto 89.8, en total tendría 189.9

- idem con el plan de pensiones, otro 5% anual después de 20 años, tendría 265.33, y tendría que tributar por todo, por lo que ahora dependerá de mis otros ingresos para calcular el tipo. Supongamos un 20% también, por lo que me quedaría neto 212.26 justo lo que tenía el fondo antes de pagar impuestos.

#9

Re: Plan de pensiones (aportaciones al cónyuge en paro) y rescate posterior

Lo único que tendrías que asegurarte es si lo puedes rescatar en cualquier momento. Si estás trabajando y aportas para tí mismo a un plan de pensiones, puedes rescatarlo en caso de desempleo si has agotado las prestaciones. En cambio, si aportas estando en desempleo, esas aportaciones no las puedes rescatar en el momento que se te acabe la prestación (pudiendo rescatar aquellas aportaciones que hicieses cuando estabas trabajando).

Lo que me refiero es que lo pueda rescatar estando en paro, o únicamente lo pueda rescatar en caso de fallecimiento, enfermedad grave o jubilación.

Saludos.

#10

Re: Plan de pensiones (aportaciones al cónyuge en paro) y rescate posterior

Pero si en el momento del rescate, después de ahorrar toda la vida para el plan de pensiones, si tienes una gran suma podría suceder que el rescate total como capital haga que llegues al tipo marginal máximo en irpf. ¿y si de media tuvieras que tributarlo al 30%?
Y con otras rentabilidades saldrían otros números.

#11

Re: Plan de pensiones (aportaciones al cónyuge en paro) y rescate posterior

Claro, hay muchos casos diferentes, no existe una sola respuesta que resuelva todo

#12

Re: Plan de pensiones (aportaciones al cónyuge en paro) y rescate posterior

Hola. 

NO acabo de entender lo que dices: "si aportas estando en desempleo, esas aportaciones no las puedes rescata en el momento que se te acabe la prestación (pudiendo rescatar aquellas aportaciones que hicieses cuando estabas trabajando)."

Necesito más información, dado que estoy hablando de un caso que ya está en paro y posiblemente lo vaya a estar unos años más. Piensa además que el ejemplo que he puesto sería pensando en aportaciones al cónyuge...

Gracias

#13

Re: Plan de pensiones (aportaciones al cónyuge en paro) y rescate posterior

Lo que te ha dicho Rubialense es que si la persona titular del plan de pensiones hace las aportaciones estando en paro, no puede rescatarlo por el motivo de estar en paro.

#14

Re: Plan de pensiones (aportaciones al cónyuge en paro) y rescate posterior

pues eso significa que lo que tenía pensado no sirve...

 

Gracias

#15

Re: Plan de pensiones (aportaciones al cónyuge en paro) y rescate posterior

Es que si eso se pudiera hacer, imagínate! Si un conyuge trabaja y el otro no, el que trabaja se desgrava la aportación al plan de pensiones de su cónyuge, y su conyuge que está en paro lo rescata al día siguiente y prácticamente no tributa por ello al no tener otros ingresos. Imaginate si el cónyuge que trabaja cobra 100000 euros al año, y tributa al tipo máximo en el irpf, el dineral que le estaríamos pagando entre todos los contribuyentes.

No creo que la intención del legislador fuera ese cuando decidieron permitir que el cónyuge que trabaja pudiera desgravar por hacer aportaciones al plan de pensiones de su cónyuge en paro.