El cálculo fino ya depende de todo un sinfín de detalles personales, de autonomía donde viva, etc.
Pero en un supuesto general, si el beneficio neto de la actividad son 100.000, la tributación serían unos 32.700 euros.
Y si fuesen 400.000 (aquí ya depende del volúmen de negocio total, que puede cambiar las cosas), podríamos irnos a los 155.200 euros.
El fraude a pequeña escala de los que desarrollan actividades económicas (no supera el 10 % del total de fraude o elusión) se consuma tanto por esconder ingresos (ventas en metálico, sin factura), como por incluir gastos que no son legalmentes deducibles.
En el caso particular de una galería de arte, pueden ser complices pasivos de estrategias de blanqueo de dinero de origen no legal. Igual que ciertos intermediarios inmobiliarios. El mecanismo es sencillo. Tengo un cuadro a la venta, cotizado en 50.000, por ejemplo. Hay un coleccionista legal al que se que le interesa (museo, fundación, coleccionista particular...). Entonces le vendo el cuadro a otro "coleccionista", ruso, colombiano o del Caucaso, por poner algo, legalmente a mitad de precio, y en sobrecito discreto lleno de billetes por la otra mitad (25.000 con factura y transferencia, y 25.000 en B). Seguidamente intermedio la venta del cuadro del "coleccionista" al comprador final legal, todo con su correspondiente factura.
Resultado:
el "coleccionista" ruso entrega 25.000 legales + 25.000 de dudoso origen, recibe 50.000 perfectamente legales.
la institución final adquiere un cuadro por 50.000, por los que paga legal y religiosamente.
el artista recibe 25.000 (el 50 %, margen habitual), procedentes de la galería.
la galería oficialmente no gana nada. En verdad ha ganado sus 25.000, en bonitos billetes. Hay galerías que pueden incluso tangar al artista, y pagarle solo el 50 % de los 25.000 iniciales legales (12.500 para el artista y 12.500 para el galerista).
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!