Acceder

Renta 2010 ¿Tengo que declarar unas ayudas recibidas por mi vivienda?

8 respuestas
Renta 2010 ¿Tengo que declarar unas ayudas recibidas por mi vivienda?
Renta 2010 ¿Tengo que declarar unas ayudas recibidas por mi vivienda?
Página
1 / 2
#1

Renta 2010 ¿Tengo que declarar unas ayudas recibidas por mi vivienda?

El edificio en el que está mi vivienda habitual fue declarado zona OCRE (Zona de Rehabilitación Integrada declarada por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad de Madrid).Hemos estado pagando sucesivas derramas para arreglar fachada, electricidad, bajantes, ascendentes, ... aunque nunca nos hemos desgravado por ellas ya que al hacer la renta el personal que nos las hizo no tenía claro si se podían incluir. Solicitamos ayuda a la comunidad de Madrid (ya que por estar en zona OCRE ofrecian ayudas) y nos han sido concedidas con fecha de orden del 14 /12/2010. Mis preguntas son:

* ¿Tengo que declarar esta ayuda?
* ¿En qué casilla tengo que incluirlo?
* Si es que sí ¿Puedo fraccionar esta cantidad a declarar en cuatro años?
* Me imagino que al estar casado en gananciales y ser la propiedad de la vivienda mía y de mi mujer esa cantidad se dividirá entre dos, y si es así ¿Puedo fraccionar mi mitad en 4 años?

Gracias por la atención. Un saludo.

#2

Re: Renta 2010 ¿Tengo que declarar unas ayudas recibidas por mi vivienda?

Entiendo que si esta acogida la rehabilitacion, a un programa autonomico y parece que asi es, al obtener una Ayuda por esta rehabilitacion, podreis declarar tanto la inversion , por las cantidades aportadas ( supongo que en funcion del coeficiente de cada una de las viviendas), como la Ayuda recibida en la misma proporcion de reparto.

Las cantidades invertidas , se declaran en el Anexo A.1 (I) Casilla B del PADRE

La Ayuda se declara en la Casila 310 Pag 9 (I) del PADRE y creo que si sera desglosable en 4 partes para aplicar 1/4 este ejercicio y los otros 1/4 en los TRES ejercicios siguientes.

Naturalmente si haceis declaraciones individuales tu y tu esposa , las cantidades anteriores se asignan el 50% a cada conyuge.

Saludos

#3

Re: Renta 2010 ¿Tengo que declarar unas ayudas recibidas por mi vivienda?

Señalar lo siguiente, para ver si la ayuda sería imputable por cuartas partes, hay que considerar si las ayudas tratan de compensar daños estructurales y al respecto de los mismos la siguiente consulta

http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=16020&Consulta=%28construccion%29+.Y+%28%28estructurales%29+.Y+%28defectos%29%29&Pos=6

no considera como tales los derivados del deterioro de los inmuebles por el transcurso del tiempo u otras circunstancias sobrevenidas.

Por lo que si no se trata de ayudas de las reguladas en los puntos i y j del artículo 14 de la ley, ayuda estatal directa a la entrada (AEDE) o las ayudas públicas otorgadas por las Administracio­nes competentes a los titulares de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español inscritos en el Registro
general de bienes de interés cultural a que se refiere la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y destinadas exclusivamente a su conserva­
ción o rehabilitación..., no se podría dividir la subvención en cuatro partes.

Saludos.

#4

Re: Renta 2010 ¿Tengo que declarar unas ayudas recibidas por mi vivienda?

He extraido información de este decreto en el que se basa lo de las ayudas para saber si puede o no fraccionarse, no obstante en la casilla 310 pone subvenciones para la rehabilitación de la vivienda habitual ¿Se considera subvención a la vivienda aunque lo que realmente se haya rehabilitado sea el edificio y no la vivienda como tal?. ¿Puede según lo que dice este decreto fraccionarse o no? Gracias.

DECRETO 12/2005, de 27 de enero, por el que se regulan las ayudas económicas a la
vivienda en la Comunidad de Madrid (Plan de Vivienda 2005-2008).

Asimismo, a efectos de la presente norma, se considera actuación protegida las
Áreas de Rehabilitación Integrada a las que se refiere la normativa reguladora de los
Planes Estatales de Vivienda y Suelo.

Artículo 3. Ayudas económicas
1. Las ayudas económicas a que se refiere el presente Decreto adoptarán la
modalidad de subvenciones.

Artículo 19. Declaración de Zona de Rehabilitación Integrada
1. A los efectos previstos en la presente norma, se consideran Zonas de
Rehabilitación Integrada las que teniendo por objeto la recuperación de un conjunto de
edificios dentro de un determinado ámbito y, en su caso, la creación o rehabilitación del
equipamiento comunitario dotacional que esté al servicio de la Zona y tenga carácter de
uso coadyudante a las viviendas, sean declaradas mediante Orden del Consejería
competente en materia de vivienda.
2. La declaración de Zona de Rehabilitación Integrada se realizará a instancias
de, al menos, el 50 por 100 de los propietarios afectados, de la Corporación Local
respectiva, o bien de oficio cuando en el ámbito delimitado por la Zona existan
edificaciones con interés histórico-artístico.

3. Para proceder a la declaración de la Zona de Rehabilitación Integrada será
necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Que se trate de un área concreta o conjunto urbano deteriorado
arquitectónica, urbanística o socialmente.

#5

Re: Renta 2010 ¿Tengo que declarar unas ayudas recibidas por mi vivienda?

Lo que cuentas parece acreditar que las obras realizadas han sido calificadas de rehabilitación, por lo tanto, en el caso de que se trate de la vivienda habitual, las cantidades satisfechas por estas obras tiene la consideración de deducibles como adquisición/rehabilitación de la vivienda habitual.

Por lo que se refiere al fraccionamiento en cuartas partes, hay tres supuestos que permiten este fraccionamiento, 1) La Ayuda Estatal Directa a la Entrada (no es este el caso), 2) Las cantidades pagadas por las Administraciones para la conservación y reparacion de bienes inmuebles que formen parte del Patrimonio Histórico Español (que parece tampoco es el caso). 3) Las ayudas públicas percibidas como compensación
por los defectos estructurales de construcción de la vi­vienda habitual y destinadas a su reparación. Es en este punto donde entra en cuestión la consulta indicada, y en la misma se dice que el deterioro de los inmuebles por el transcurso del tiempo, no supone un defecto estructural en la construcción, por lo que parece entenderse que por ejemplo estas ayudas sólo serían factibles por ejemplo en el caso de aluminosis y similiares (que si son defectos por una mala practica en la construcción).

Saludos.

#6

Re: Renta 2010 ¿Tengo que declarar unas ayudas recibidas por mi vivienda?

¿Sólo puedo deducirme por lo que haya pagado en el ejercicio de 2010? ya que como se han ido pagando derramas hay cuotas que se han pagado en el 2008 y en el 2009.

No obstante aunque no se pueda fraccionar en 4 años, al ser la vivienda propiedad mía y de mi mujer y estar casados en gananciales ¿Tendría que poner en la casilla 310 la mitad de la ayuda recibida si hago la declaración individual?

Gracias de nuevo.

#7

Re: Renta 2010 ¿Tengo que declarar unas ayudas recibidas por mi vivienda?

Por las cuotas pagadas en 2008 y 2009 sería factible solicitar la rectificación de las declaraciones de 2008 y 2009, al objeto de incluir las posibles deducciones.

La subvención al ser la vivienda ganancial entiendo que puede repartirse como dices por mitades para cada cónyuge.

Saludos.

#8

Re: Renta 2010 ¿Tengo que declarar unas ayudas recibidas por mi vivienda?

Si que me haría falta saber si es seguro que puedo repartir a la mitad la cantidad de la subvención para cada cónyuge. ¿Cómo podría asegurarme de eso?

Saludos.