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Ampliación de hipoteca y borrador

2 respuestas
Ampliación de hipoteca y borrador
Ampliación de hipoteca y borrador

CÓDIGO AMIGO

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#1

Ampliación de hipoteca y borrador

Buenas tardes, en diciembre del año pasado hice una ampliación de hipoteca, el banco me recomendó cancelar lo que quedaba de la primera que era poco y hacer una nueva. En la información fiscal que me remite en banco figura como pagada en 2010 la totalidad de la 1ª hipoteca y los intereses, y en otro documento figuran los importes de la nueva. Hasta aquí todo es correcto, pero en el borrador de la declaración figura una cantidad amortizada que no coincide con ninguno de los documentos aportados por el banco, sólo coincide la cantidad reflejada en el apartado intereses..pero no el capital amortizado que es mucho menor que el real. Me podría decir alguién si hay algún motivo para esa diferencia?...yo entiendo que debería declararse la totalidad de la amortización de la 1ª hipoteca ya que efectivamente se canceló, y nada de la 2ª..Muchas gracias por anticipado

#2

Re: Ampliación de hipoteca y borrador

Los datos fiscales son los aportados por la Entidad Financiera , sino son los reales y tienes documentacion que acredite los mismos , debes corregir el dato incorrecto y poner el real.

Efectivamente tu cancelacion es deducible en este ejercicio , pero la nueva hipoteca suscrita no es deducible , no esta destinada a la adquisicion de la vivienda habitual , que es el concepto por el que es deducible.

Debes tener en cuenta el limite de la base de deduccion que es de 9.015 euros por declaracion.

Saludos

#3

Re: Ampliación de hipoteca y borrador

Yo entiendo que una parte del 2 préstamo que ha servido para cancelar el primero si que podría tener derecho a deducción.
Si el segundo préstamo sustituye en parte al primero, por esa parte sería también deducible al sustituir un préstamo que si se ha dedicado a la adquisición de vivienda.

De esta manera del primero sería deducible el capital total pagado-el capital pendiente a la fecha del cambio+los intereses de este primer préstamo y del segundo el capital y los intereres, pero no en su totalidad sino en el pocentaje que resulte del siguiente cálculo

(Capital pendiente préstamo anterior a fecha cambio/Capital nuevo solicitado9.

Saludos.