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Fallecimiento de Comunero
Ahora que hemos superado el plazo del IRPF, planteo esta duda
Comunidad de bienes “Tres hermanos ABC. C.B.”
Son propietarios al 33,33% de un local comercial que tienen arrendado.
Se produce el fallecimiento de C el cual tiene dos hijos C1 y C2
C1 y C2 . Al superar las deudas a los bienes, estos renuncian a la herencia total, el local que nos ocupa más otros bienes.
Preguntas
¿Al renunciar C1 y C2, a la herencia incluido la parte del local, esta pasa a los siguientes herederos?
¿Estos siguientes herederos (si los hay) también deben de renunciar?
¿Cómo debe de actuar la comunidad de bienes “Tres hermanos ABC C.B.” en el pago de las rentas pertenecientes a CV1 y C2?
Espero vuestros comentarios