Acceder

Piso alquiler - Seguro

5 respuestas
Piso alquiler - Seguro
Piso alquiler - Seguro
#1

Piso alquiler - Seguro

Hola,

En un piso alquilado todo el año, tengo la siguiente duda con respecto al seguro del hogar:

Ejemplo

  • El seguro toma efecto a las 17:00 horas del día 24 de noviembre de 2024. Se establece por una duración de un año prorrogable. Forma de pago: anual 2024. Precio: 100€
  • El seguro toma efecto a las 17:00 horas del día 24 de noviembre de 2025. Se establece por una duración de un año prorrogable. Forma de pago: anual 2025. Precio: 120€

A la hora de realizar la declaración de la renta del ejercicio 2025, en el campo "Primas de contratos de seguro" del apartado "Otros gastos deducibles (comunidad, formalización del contrato, defensa jurídica, suministros, primas de contratos, tributos, saldos de dudoso cobro, etc.)" realizando el siguiente cálculo me sale como resultado 102,04€.


Cálculo Seguro Año 2025

  • Del 1 de Enero de 2025 hasta el 24 de Noviembre de 2025 a las 17:00

  • Son 327 días y 17 horas (0,708333 días)

  • Prorrateado de días 327.708333333 / 365 días = 0,8978

  • Seguro = 100 € x 0,89783 = 89,783 €



  • Del 24 de Noviembre de 2025 a las 17:00 hasta el 31 de Diciembre de 2025

  • Son 37 días y 7 horas (0,29166 días)

  • Prorrateado de días 37,29166 / 365 días = 0,10217

  • Seguro = 120 € x 0,10217 = 12,26 €


TOTAL = 89,78 € + 12,26 € = 102,04 €


Mi pregunta es: ¿es correcto el cálculo o se debe realizar de otra manera?


Muchas gracias
#2

Re: Piso alquiler - Seguro

Aplicando el principio del devengo, que por defecto es el que corresponde en genral al IRPF, y en concreto a los rendimientos del capital inmobiliario, estaría bien hecho lo de calcular la parte proporcional de cada una de las primas pagadas, y asignarlas como gasto al ejercicio al que corresponda la cobertura.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Piso alquiler - Seguro

 Nota: añado la siguiente matización:

  • El seguro toma efecto a las 17:00 horas del día 24 de noviembre de 2024. Se establece por una duración de un año prorrogable. Forma de pago: anual, el cargo del seguro se realiza en el año 2024. Precio: 100€
  • El seguro toma efecto a las 17:00 horas del día 24 de noviembre de 2025. Se establece por una duración de un año prorrogable. Forma de pago: anual, el cargo del seguro se realiza en el año 2025 . Precio: 120€
 
#4

Re: Piso alquiler - Seguro

Muchas gracias Cachilipox.

Estaba respondiendo al tema y una vez enviada la respuesta he visto que habías escrito.

He puesto la nota anterior ya que consideraba que quizás era relevante el año en el cual se realiza el pago del seguro.
#5

Re: Piso alquiler - Seguro

Sí es relevante, pero menos.
A fin de cuentas que el pago de la prima se anual no quita que sea frecuente que las compañías de seguros oferten también el pago en trimestres, o incluso por mensualidades.

O sea, aqui tendríamos un debate bizantino sobre que implica el devengo (la exigencia de la obligación), ya que desde la óptica del mero pago, el devengo (la exigibilidad) es solo y respecto de la fecha efectiva del pago, y por tanto se deduciría en el ejercicio del pago. 
Pero analizado en su conjunto sinalagmático de derechos y obligaciones mutuas, la prestación efectiva del sevicio de cobertura que presta un contrato de seguros se extiende (=es exigible) a lo largo de todo su periodo de validez y efectos.

El asunto finalmente es tener claro el criterio, y llegado el caso de una revisión, la explicación plausible y pormenorizada. 

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#6

Re: Piso alquiler - Seguro

Muchas gracias Cachilipox