Eso pienso yo, pero copio y pego "Manual IRPF 2025"
Objeto de la deducción y periodo impositivo en que se aplica la deducción
El objeto de la deducción es la compra por el contribuyente de un único vehículo eléctrico nuevo, en cualquiera de las siguientes circunstancias:
a. Adquisición mediante un solo pago:
En este caso, la deducción se practicará en el periodo impositivo en el que el vehículo sea matriculado y se practicará por el contribuyente a cuyo nombre este matriculado el vehículo.
b. Adquisición mediante un primer pago a cuenta y pagos posteriores:
En este caso, los contribuyentes podrán practicar la deducción cuando abonen, entre el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025, una cantidad a cuenta para la futura adquisición del vehículo que represente, al menos, el 25 por 100 del valor de adquisición del mismo, debiendo abonarse el resto y adquirirse el vehículo antes de que finalice el segundo período impositivo inmediato posterior a aquel en el que se produjo el pago de tal cantidad.
En este caso la expresión “valor de adquisición” se refiere al precio de venta del vehículo. Por tanto, es suficiente que la cantidad a cuenta abonada suponga el 25 por 100 del precio de venta del vehículo.
La deducción se practicará en el periodo impositivo en el que se abone tal cantidad a cuenta.
Si el vehículo se compra y se matricula en 2025 y la subvención se recibirá como pronto a finales del 2026 ¿Cómo vamos a aplicarnos una deducción sin saber si vamos a recibir o no una subvención?
La letra a) que he copiado eso dice "la deducción se practicará en el periodo impositivo en el que el vehículo sea matriculado"
No lo entiendo