Día de la Educación Financiera · 5 de octubre

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Inmueble alquilado y luego vendido, ¿se puede deducir el 100% del I.B.I. como gasto alquiler?

2 respuestas
Inmueble alquilado y luego vendido, ¿se puede deducir el 100% del I.B.I. como gasto alquiler?
Inmueble alquilado y luego vendido, ¿se puede deducir el 100% del I.B.I. como gasto alquiler?
#1

Inmueble alquilado y luego vendido, ¿se puede deducir el 100% del I.B.I. como gasto alquiler?

Hola, buenos días, vivienda alquilada a un tercero desde hace varios años. Empieza el 2025, la vivienda continua alquilada, el propietario llegado el momento para el IBI, pero el 1 de Agosto vende la vivienda al inquilino, no repercutiéndole nada de ese impuesto. En la declaración de la renta de 2025 a presentar en estos días, en el apartado de rendimientos inmobiliarios por el alquiler, ¿se puede deducir como gasto el 100% de lo pagado de IBI o solo 7/12 partes por los 7 meses que la vivienda estuvo en alquiler? 
Gracias!
#2

Re: Inmueble alquilado y luego vendido, ¿se puede deducir el 100% del I.B.I. como gasto alquiler?

La proporción del IBI que puedes deducir se calcula por los días exactos que estuvo arrendado. No puedes deducir el importe anual íntegro, sino únicamente la parte proporcional al tiempo que generó ingresos.
#3

Re: Inmueble alquilado y luego vendido, ¿se puede deducir el 100% del I.B.I. como gasto alquiler?

Ok, gracias por tu respuesta