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He recibido una carta de Hacienda - Exención Arts. 7.p) Ley IRPF

3 respuestas
He recibido una carta de Hacienda - Exención Arts. 7.p) Ley IRPF
He recibido una carta de Hacienda - Exención Arts. 7.p) Ley IRPF
#1

He recibido una carta de Hacienda - Exención Arts. 7.p) Ley IRPF

¡Hola a todos/as! He estado leyendo bastante sobre esto, pero sigue sin quedarme claro el tema... A ver si alguien me puede ayudar para hacerlo bien este ejercicio 2025.

He recibo una carta de la Agencia Tributaria respecto al IRPF del 2022, diciendo que no declaré lo que gané en Francia desde 19/05/2022 hasta el 26/10/2025 (161 días allí; el resto viviendo y trabajando en España) y me piden que les pague unos 1.700€.

Según me informé en su momento, me podía acoger a la "Exención por trabajos efectivamente realizados en el extranjero (artículo 7p LIRPF), cumpliendo unos requisitos:

a) Que los trabajos se realicen para una empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente radicado en el extranjero. --> Se trata de una empresa Francesa

b) Que en el territorio en que se realicen los trabajos se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a la del IRPF y no se trate de un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. --> Francia lo cumple, es el Impôt sur le revenu

Otro era que los trabajos se tenían que realizar en el país, es decir, que no vale lo de teletrabajar y eso también lo cumplo porque voy allí físicamente. La exención tiene un límite máximo de 60.100 euros anuales, cantidad que no supero.

El salario neto que gané allí, ¿se pone en la declaración o no? No encuentro en qué casilla ponerla, porque si lo pongo en la casilla 3 de 'Rendimientos de trabajo' no quedan exentos. He leído también que como están exentos, directamente no se ponen en la declaración, solo se deja lo ganado en España. Así es como lo estaba haciendo... pero ahora me reclaman dinero. ¿Es así cómo se hace? ¿No declarar el dinero de Francia y, si me lo requiere Hacienda, presentar toda la documentación para que esten exentos (contrato, nóminas, certificado de trabajo...).

¡Muchas gracias!
#2

Re: He recibido una carta de Hacienda - Exención Arts. 7.p) Ley IRPF

Lo has hecho bien: al estar exentos, no declaras esos rendimientos en ningún sitio y, luego, al ser requerido, presentas toda la documentación que lo demuestra.
#3

Re: He recibido una carta de Hacienda - Exención Arts. 7.p) Ley IRPF

Muchas gracias por responder. Procederé a hacer la alegación y enviar la documentacion.
#4

Re: He recibido una carta de Hacienda - Exención Arts. 7.p) Ley IRPF

Esta exención, de hasta 60.100 € anuales, hacienda la interpreta como "aplicable de forma proporcional por el número de días".

En tu caso, rentas devengadas en un periodo de 161 días, hacienda interpreta que la exención es hasta unos 26.510 €, debiendo declarar (y quizás tributar) el posible exceso.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!