Si la obligación de presentar la declaración existe, hay dos posibilidades:
-Declaración conjunta: se suman todos los ingresos de ambos cónyuges , por tanto el total del alquiler.
-Declaración individual: cada uno presenta su declaración con sus ingresos respectivos y con el 50% del total del alquiler.
En teoría, lo más lógico y habitual(matrimonio en régimen de gananciales) es presentar declaración conjunta al dividirse el alquiler entre dos personas. Sin embargo puede ocurrir que si el bien alquilado es un bien privativo (solamente de uno de los cónyuges), es a éste al que corresponderá la obligación de tributar por el total.
Saludos.