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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#3856

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

 Donde ves tu alegatos políticos en mi mensaje? , o es que quieres verlos tu sola.
Y si no son de tu interés con no leerlos o ignorarme ya lo solucionas.

Solo es una información de algo que ya sucedió en el calendario de días inhábiles.
Además de tus copia y pega, que se agradecen, aunque algunas veces por repetitivo y tediosos, pues no los leo, o según tu, es obligatorio leerlos?. Una vez dicho esto, como decía anteriormente, los demás también tenemos derecho a a opinar e informar en la medida de nuestras posibilidades.
Como digo, si te le molesta, pues ya te di la solución.
Que pases buen finde.
#3857

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF



NOTA INFORMATIVA: Formulario de solicitud para la aplicación de la DT2

Nota informativa sobre la presentación del formulario de solicitud de devolución a mutualistas
En previsión de que se produzca la modificación normativa que permita obtener a los mutualistas las devoluciones del IRPF de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos de forma conjunta (sin periodificación), se mantendrá publicado en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria el nuevo formulario de solicitud de devolución, permitiendo a los potenciales beneficiarios seguir presentándolo más allá del 30 de junio.


27/junio/2025

Mutualistas: Formulario de solicitud para la aplicación de la DT2ª LIRPF

En previsión de que se produzca la modificación normativa que permita obtener a los mutualistas las devoluciones del IRPF de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos de forma conjunta (sin periodificación), se mantendrá publicado en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria el nuevo formulario de solicitud de devolución, permitiendo a los potenciales beneficiarios seguir presentándolo más allá del 30 de junio.

Atendiendo a la dispuesto en el apartado 6 de la nueva redacción de la DF 16 de la Ley 7/2024 prevista en el proyecto de Ley publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales:

"6.Desde el 22 de diciembre de 2024 hasta la fecha de entrada en vigor de esta disposición se entenderá suspendido el plazo de prescripción del derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la aplicación de la disposición transitoria segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, según la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo, en relación con los períodos impositivos 2019 y anteriores no prescritos así como 2020 a 2022.»



#3858

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

perdonad mi ignorancia, pero esto nos afecta a los que ya presentamos el formulario en Abril de 2025? (ya presenté formulario en 2024 pero no sirvió para nada, por lo que leo)
#3859

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Esto quiere decir que vamos a tener que presentarlo por tercera vez, para la misma cosa?
#3860

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Buena pregunta, pues con tanto “copia y pega” repetitivos,  te pierdes.
Pero vamos si entras en la web de la Agencia, ya te dice que esta presentado
#3861

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

SE MANTENDRA publicado en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria el nuevo formulario de solicitud de devolución ...
... y el nuevo formulario de solicitud es el que se puso a disposición de los posibles afectados el 2 de abril de 2025
(de hecho y según me han dicho, ese formulario no especifica ningún ejercicio en concreto)

Que es lo que se indicaba

Formulario de solicitud para las devoluciones de IRPF 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos.

De acuerdo con lo establecido en la DF 16ª de la Ley 7/2024, las devoluciones del IRPF de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos que resulten de aplicación de la DT2 LIRPF se podrán solicitar mediante la presentación del nuevo formulario de solicitud de devolución que se publique en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria a partir del 2 de abril.

Esta normativa dejó sin efectos las solicitudes (vía autoliquidación, solicitud de rectificación y/o formulario) cuya devolución no se hubiera acordado antes del 22 de diciembre de 2024, si bien su presentación, sí interrumpió el plazo de prescripción.

AVISO IMPORTANTE: No obstante, está previsto que se produzca una modificación normativa, de tal manera que el formulario de solicitud que se presente permitirá obtener en 2025 la devolución de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos.

FORMULARIO DE SOLICITUD

Para solicitar la devolución de IRPF por aportaciones a mutualidades, conforme a la DF16 de la Ley 7/2024, los beneficiarios deberán presentar el formulario de solicitud que se publique a partir del 2 de abril en Sede: Agencia Tributaria: Mutualistas: solicitudes de devolución.

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/mutualistas-solicitudes-devolucion/mutualistas-aplicacion-dt-2-renta-2023/formulario-solicitud-devoluciones-irpf-2019-prescritos_.html



#3862

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Cuando entres en tu pagina de la Agencia tributaria, si lo has presentado te saldra:



Y si no lo has presentado, te dirá que esta sin presenta y ya decides si lo presentas o no.
Así de fácil.
Las tres C 
CLARO
CONCRETO
CONCISO


#3863

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Seguramente has presentado uno el año pasado y otro este año.

Por ahora, no tienes que presentar ninguno más.

Un saludo.
#3864

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Muy buena información Mivisa, así como la aclaración de Tres Cantos.
#3865

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Lo lógico es que sí, porque están calculados con el criterio que 2023 y 2024. Además, es ya un trabajo hecho. Sería absurdo que duplicasen el trabajo, y, si modificasen los importes, supondría una vergüenza que demostraría mucha inseguridad jurídica.

Diría que la mayoría, si no todos, los que presentaron el formulario el año pasado tienen las declaraciones modificadas. El hecho de que no pagasen no fue por no haberlo hecho, sino porque no les dio la real gana, para retrasar el impacto en el déficit... y, si les tocaba a otros, que se aguantasen... pero quizá les haya salido el tiro por la culata, aunque está por ver aún.
#3866

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


¿Las tuyas no las hizo? Pensaba que habían hecho todas... pero tienes razón que no es que sea un trabajo muy arduo. Una vez que tienen el porcentaje del ajuste respecto a la pensión correspondiente, es dar a un botón... y se calcula todo solo.
#3867

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Me temo que, hasta después de verano, nada. Aunque veo difícil que no salga y se pague este año, si se van cumpliendo los plazos dentro de una lógica, sigo pensando que su idea es no pagar en 2025... por lo que pueda pasar en 2026. Así, el déficit sería culpa de otros, si no saliesen.


#3868

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


No creo que no pase por el pleno del Senado. El Senado pinta poco, o nada, pero tienen que dar la impresión de que es útil, para justificar los sueldos de los senadores y resto de chupópteros. Entiendo que lo lógico es que pase por el pleno.
#3869

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

A mi no me hicieton ninguna rectificacion.
Segun lo requerido, volvi a presentar la devolucion de los 4 años e 4 de abril de este año.
Y si pagaran o no pagaran, yo ya tiro la toalla.
Que sea lo que dios quiera y el tiempo pondra a cada uno en su sitio.
Es lamentable esta situacion, pero es esta, es la otra, la otra y asi el caos total, que tal vez sea lo que se busca.
#3870

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

4 de julio, VIERNES

12:00 horas. 
Reunión de Ponencia. Comisión de Economía, Comercio y Empresa
Sala Clara Campoamor
Orden del día:
Informar Proyecto de Ley por la que se modifican el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, y la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.(621/000016) 

12:30 horas. Comisión de Economía, Comercio y Empresa
Sala Clara Campoamor
Orden del día:
Ratificación de la Ponencia Proyecto de Ley por la que se modifican el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, y la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.(621/000016)

Dictaminar Proyecto de Ley por la que se modifican el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, y la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.(621/000016)

https://www.senado.es/web/actividadparlamentaria/actualidad/agenda/index.html?d=03072025&id=27&id2=2025&aFilter=s&chk=true&RP=RP&PR=PR&RI=RI#3