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Compatibilidad de pensión de jubilación con trabajos puntuales

2 respuestas
Compatibilidad de pensión de jubilación con trabajos puntuales
Compatibilidad de pensión de jubilación con trabajos puntuales
#1

Compatibilidad de pensión de jubilación con trabajos puntuales

Actualmente estoy percibiendo una pensión de jubilación y según la normativa actual, "El percibo de la pensión de jubilación será
compatible con la realización de trabajos por cuenta propia cuyos ingresos anuales totales no superen el Salario Mínimo
Interprofesional, en cómputo anual".
Les agradecería que me informen de como puedo facturar una colaboración puntual. ¿Mediante la emisión de una factura o recibo?.
¿Qué requisitos debe cumplir?. ¿Debe incluir IVA y/o retención por IRPF?. ¿Cómo se debería declarar?
#2

Re: Compatibilidad de pensión de jubilación con trabajos puntuales

Hola,

Efectivamente, la pensión de jubilación es compatible si, durante el año natural, se realizan actividades por cuenta propia que no superen el SMI en cómputo anual (es decir, en 2023, 15.120€), permitiéndose realizar estas actividades sin obligación de cursar alta en el RETA ni cotizar por dichos rendimientos, pero sin que estos tampoco generen derechos en la SS -art. 213.4 LGSS-.

Ahora bien, lo anterior hace referencia únicamente a la normativa de prestaciones. En el ámbito tributario, no hay excepción contemplada y deben cumplirse el resto de requisitos: alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores ("modelo 036/037"), declaraciones trimestrales de IVA y de IRPF, emisión de facturas con retención -si procede-, llevanza de libros-registro de dichos Impuestos, obligación de presentar las declaraciones informativas, etc.

Es decir, es legal y está plenamente contemplado en la norma realizar esas actividades "sin cotizar", pero no sin declarar esos ingresos en el ámbito fiscal. Otro aspecto es considerar que debido a la dificultad para descubrir el ejercicio de esas actividades, no se cumplan dichas obligaciones, pero si finalmente la Administración Tributaria sí detecta la situación, puede regularizarla: esto no conllevará ninguna sanción ni perjuicio en el ámbito de la Seguridad Social, pero sí tendrá consecuencias fiscales.

Un saludo,
#3

Re: Compatibilidad de pensión de jubilación con trabajos puntuales

Muchas gracias.