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Duda IRPF indemnización por rescisión de contrato de la compra de un piso

4 respuestas
Duda IRPF indemnización por rescisión de contrato de la compra de un piso
Duda IRPF indemnización por rescisión de contrato de la compra de un piso
#1

Duda IRPF indemnización por rescisión de contrato de la compra de un piso

Buenos días, 

Quería comentar una duda que me surgió de cara a la declaración del año que viene, por si alguien me pudiera orientar. 
En 2021 firmé la compra de un piso de obra nueva pagando las arras correspondientes. Existía una cláusula en la que se me devolvería las sumas entregadas más el 10% del precio de la compraventa como indemnización, en caso de no entregar a el piso en la fecha indicada. 
La obra se retrasó y tuve que denunciar al constructor, que no quería cumplir su parte contrato. Antes de llegar a juicio, llegamos a un acuerdo y me devolvió la parte correspondiente (arras + indemnización por daños y perjuicios). 

¿esta indemnización entiendo que la tengo que declarar como ganancia patrimonial , y por tanto puede ser compensada con pérdidas patrimoniales por la venta de acciones?
También si alguien me podría confirmar si la cantidad correspondiente a la devolución de las arras, que yo había pagado en su momento, habría que ponerla en algún apartado de la declaración? Entiendo que de la devolución de las arras no tendría que pagar nada hacienda verdad?
 
Muchas gracias. Un saludo. 
#2

Re: Duda IRPF indemnización por rescisión de contrato de la compra de un piso

Buenos días.
Efectivamente la indemnización la tienes que declarar como ganancia patrimonial, y la puedes compensar con otras pérdidas patrimoniales.
La cantidad por la devolución de las arras no es ninguna ganancia, por tanto no la tienes que declarar en ningún sitio.

#3

Re: Duda IRPF indemnización por rescisión de contrato de la compra de un piso

Es una ganancia patrimonial NO procedente de transmisión. Va a la renta general.
Se compensa con el saldo positivo de rendimientos e imputaciones (límite 25 %).

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: Duda IRPF indemnización por rescisión de contrato de la compra de un piso

Hola,

Efectivamente, por la devolución de lo que pagaste en su momento a cuenta del precio final de la vivienda (esto es, las arras), no se deriva ninguna consecuencia fiscal. Ni si quieras tendrás que declarar dicha cuantía en la declaración.

Sin embargo, como muy bien apuntabas, si que tendrás que declarar la indemnización recibida como una ganancia patrimonial que no deriva de transmisión (que es lo que te han indicado los compañeros). Debido a este hecho, lamentablemente, la compensación que indicas no es posible porque la pérdida por la venta de acciones SÍ se deriva de una transmisión.

Todo ello se debe a que la Ley del IRPF establece claramente dos tipos de renta: algunas (rendimientos del trabajo -salario-, de actividades económicas -autónomos- y del capital inmobiliario, además de las ganancias que no derivan de transmisión -premios, subvenciones públicas no exentas, indemnizaciones, etc.- y las imputaciones de renta) tributan según la escala general -en general, más gravosa- y otras (rendimientos del capital mobiliario y ganancias que sí derivan de transmisión), por el contrario, que tributan a una escala especial -más beneficiosa, generalmente-. Dentro del mismo tipo de renta sí que pueden existir compensaciones entre rendimientos y ganancias, pero entre ellas (general y especial) no se pueden cruzar rentas -precisamente porque no se pagan el mismo IRPF según el origen de la fuente de renta-.

Por tanto, la pérdida la tendrás pendiente durante los 4 ejercicios siguientes para poderla compensar con una ganancia que sí derive de transmisión, y el resultado de la declaración será equivalente a si tú sueldo hubiera aumentado en la misma cuantía que la indemnización, con el consiguiente incremento -quizás considerable- del resultado a pagar o disminución del resultado a devolver -incluso puede superarlo y convertirlo en positivo- porque es un ingreso que no se ha sometido a retención -piensa que es como si te pagaran una nómina sin el correspondiente descuento por IRPF-.

Espero que te haya quedado más claro así,
Un saludo.
#5

Re: Duda IRPF indemnización por rescisión de contrato de la compra de un piso

Muchas gracias a los tres por las respuestas. Ya me ha quedado todo claro. Me voy preparando para el palo jeje
Un saludo!