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Reparación y conservación tras revision
Buenos días,
Hacienda me ha revisado el ejercicio 2021 y tras varias alegaciones finalmente me indica que una reforma integral que hice de un inmueble en 2020 me debería deducirla 50% como Reparación y conservación y 50% como amortización de mobiliario.
Yo lo puse el 100% como mejora, amortizando al 3% anual, con este nuevo criterio me sale más favorable y me han devuelto del 2021 más, pero no me han incluido los gastos de reparación porque no los empece a poner en la renta del 2020.
La duda es que el ejercicio 2021 que me han revisado ya se me ha pasado plazo para presentar recurso para que los incluyeran, y tengo dudas si rectificar la del 2020 o solo la del 2022 incluyendo este nuevo criterio que me beneficia y de los gastos de reparación quitar los ingresos de los ejercicios 2020-2021 ya que el límite de estos son los ingresos en el año, me sale favorable casi 1.500.€ O dejar todo como está e incluir estos gastos en la próxima del 2023, pero como no empece el año que hice la reforma no se si se puede incluirlos los 4 años que hay para deducirlos.
Muchas Gracias de antemano
Hacienda me ha revisado el ejercicio 2021 y tras varias alegaciones finalmente me indica que una reforma integral que hice de un inmueble en 2020 me debería deducirla 50% como Reparación y conservación y 50% como amortización de mobiliario.
Yo lo puse el 100% como mejora, amortizando al 3% anual, con este nuevo criterio me sale más favorable y me han devuelto del 2021 más, pero no me han incluido los gastos de reparación porque no los empece a poner en la renta del 2020.
La duda es que el ejercicio 2021 que me han revisado ya se me ha pasado plazo para presentar recurso para que los incluyeran, y tengo dudas si rectificar la del 2020 o solo la del 2022 incluyendo este nuevo criterio que me beneficia y de los gastos de reparación quitar los ingresos de los ejercicios 2020-2021 ya que el límite de estos son los ingresos en el año, me sale favorable casi 1.500.€ O dejar todo como está e incluir estos gastos en la próxima del 2023, pero como no empece el año que hice la reforma no se si se puede incluirlos los 4 años que hay para deducirlos.
Muchas Gracias de antemano