Acceder

Jubilación trabajadores a tiempo parcial

1 respuesta
Jubilación trabajadores a tiempo parcial
Jubilación trabajadores a tiempo parcial
#1

Jubilación trabajadores a tiempo parcial

Buenos días, con la modificación del artículo 247 los trabajadores a tiempo parcial computarán a efectos de tiempo cotizado igual que un trabajador a jornada completa (días enteros). Se indica que entrará en vigor en octubre de 2023. Mi duda es: si tengo períodos a jornada parcial en años anteriores (2010/2015), estos ya me los computarán como días completos para la jubilación o esos no por ser anteriores a la entrada en vigor? Gracias 
#2

Re: Jubilación trabajadores a tiempo parcial

El cómputo, a partir de octubre, se modifica con carácter retroactivo. Si trabajaste al 60% en los doce meses de 2010 se computarán como doce meses de cotización. Salvo mejor opinión. 
Te puede interesar...
  1. Colchón de seguridad del empresario: cuánto dinero necesitas para proteger tu negocio y a tu familia
  2. 💶 Educación fiscal vs. educación financiera: descubre tu tipo marginal de IRPF y convierte el ahorro fiscal de tu plan
  3. 📉 Cómo evitar que caduquen tus pérdidas en Bolsa: guía para controlar los saldos pendientes en la Renta