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Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

22 respuestas
Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera
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Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera
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#16

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

No, no tienes que incluir ninguna retención ni IVA ni nada. Sueldo bruto sin más.

Tu empresa te dará un contrato de contractor, no un contrato de empleado. En ese contrato de contractor pueden incluirte beneficios que serían típicos de un empleado, como días libres pagados o un bonus anual en función del rendimiento. En Estados Unidos se negocia todo y todo aparece en los contratos.

Como eres residente fiscal en España, tu empresa americana no podrá asegurarte en la seguridad social ni hacer pagos para tu pensión. Eso lo pagarás tú aquí en España en tus pagos como autónomo.


#17

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

@gs834 Hola, he caído aquí por casualidad y tú explicación me ha caído como agua de mayo!
Estoy en una situación parecida, voy a empezar como contractor para empresa americana, mi duda es el pago, lo realizan a través de deel en dólares. Yo ya he trabajado con deel pero por cuenta ajena y 0 problemas. Mi duda es la siguiente, al hacer el pago por deel en una moneda que no es el euro como puedo pasar ese dinero a mi cuenta habitual? Y lo pregunto para evitar que mi banco me de un sablazo por el cambio de divisa, m han recomendado transferir el dinero a.una cuenta wise o payonner q tienen un cambio más competitivo y de ahí a la cuenta en España, pero me parece demasiado lío.

Mil gracias!
#18

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

@beccag me alegro de haber podido ayudarte ☺️

Yo uso Wise desde que empecé y súper bien. No solo lo uso para el cambio de divisas, sino que también me ingresan la mensualidad directamente ahí. 
Wise además da una tarjeta que viene muy bien si tienes que viajar en algún momento a US, porque puedes pagar gratis con ella directamente usando tus dólares. Desde hace un año aproximadamente también dan intereses mensualmente por las cantidades que tengas en tu cuenta en cada divisa.
#19

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

@gs834 - muchas gracias por compartir toda la información en este hilo. Estaremos en la misma situación el año que viene. Nos mudaremos a España en julio/agosto y es muy probable que yo y mi pareja pasemos de ser empleados a ser autónomos para nuestras organizaciones que tiene sede en eeuu. La información que compartiste nos aclara muchas dudas, pero como muchos autónomos, vamos a usar un gestor para ayudar con todo el papeleo al principio. Tienes algún consejo para buscar un gestor que tiene experiencia en este tipo de situación?
#20

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

Me encuentro en una situación similar y encontré este foro que me pareció muy útil.
Entiendo la modalidad de contractor, y según me he informado hay que registrarse como autónomo dependiente (TRADE), ya que más del 75% de los ingresos provienen del mismo cliente. Es un trámite sencillo y meramente informativo, pero es necesario registrar el contrato mercantil en un plazo estipulado.

He visto también que hay una consulta en relación a ser empleado de una empresa extranjera y residir en España, que es diferente a ser autónomo, ya que la empresa y el empleado estarían regidos por un contrato laboral y los pagos mensuales estarían respaldados por las nóminas. Según entiendo esto es posible en ciertos países de Europa, pero no estoy segura de que sea posible en España, ya que la cuestión que aún no podido responder es qué pasa con la seguridad social.

Esta última situación es en la que me encuentro ahora, trabajo para una empresa en Londres y me he mudado a España, todavía soy residente fiscal allí ya que Hacienda de UK (HMRC) tiene que emitir un código fiscal específico para que yo deje de tributar en ese país. Por otro lado, aún no he residido en España más de 183 días.
La empresa no tiene ningún tipo de establecimiento en España, por lo que yo sería responsable de hacer mi declaración de la renta anual por rendimientos de trabajo.
En cuanto a la Seguridad Social, la empresa al no tener ninguna entidad en España, no podría realizar aportes. Puedo en este caso registrarme como autónoma sin facturar (recibiré mi nómina mensual) y pagar la cuota para estar cubierta por la seguridad social?
Alguno ha estado en la misma situación?


#21

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

Hola @Mel27
Creo que hay un par de conceptos mezclados en tu planteamiento.
Respecto del primer párrafo sobre el tema del autónomo dependiente, a no ser que lo hayan cambiado recientemente, no se nos aplica a nosotros. La razón es que hay que proporcionar el número fiscal de la empresa que te contrata en España, y si tu empresa no tiene presencia en España no tendrá ese número. La figura del TRADE la hicieron a medida de los riders y se olvidaron de nosotros.

Respecto del segundo párrafo sobre trabajar como empleado desde otro país, eso se puede hacer solo cuando eres trabajador transfronterizo. Existen acuerdos entre los países de la UE para que un trabajador pueda vivir, por ejemplo, en Francia cerca de la frontera con Alemania e ir a trabajar todos los días a Alemania como empleado igual que un alemán. Si trabajas en España para UK (y más ahora que UK no es parte de la UE), no podrás trabajar para ellos como empleado, solo como contractor / freelance.

No podrás recibir nóminas cuando ya no seas residente fiscal allí. Ellos mismos no podrán pagarte porque no podrán justificar esos pagos sin tener una factura o un contrato de empleado con un residente de su país. Desde el momento en que cambies tu residencia fiscal aquí, tendrás que justificar tus ingresos con facturas o hacienda irá detrás tuya con el mazo.
Estamos en febrero, si ya vives aquí lo más sencillo sería cambiar tu residencia fiscal con efectos de 2024. Así en la renta de 2024 podrás hacerla como residente en España declarando aquí todo lo que ganaste en 2024, incluyendo lo que te hayan pagado en enero.

Es muy difícil este tema, lo sé. El mundo aún no se ha adaptado a nuestra realidad 😔


#22

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

Por último, si vives ahora en el extranjero, como era el caso de la persona que abrió el hilo, el primer año puede ser “especial”. Si pasas más de 183 días en el país extranjero, eres residente fiscal allí en el año en que haces la mudanza. Esto quiere decir que hasta que empiece el nuevo año, en el censo de autónomos estarás como no residente, no harás el 130 y los ingresos tendrás que declararlos en el país en el que viviste más de 183 días. Si este es tu caso, el día 1 de enero del nuevo año, tienes que actualizar tu censo de autónomos para cambiarlo a residente.

@gs834 - muchas gracias por toda la información que sigues compartiendo en este hilo. El año "especial" es lo que nos está creando dudas. Para el año de transición, no seremos residentes fiscales en España porque no pasaremos más de 183 días en territorio español. Según entiendo, la ley dice que hay que darse de alta en RETA y con Hacienda antes del inicio de actividad como autónomo.

Como no seremos residentes fiscales en España en 2024, vamos a seguir declarando nuestros ingresos en los Estados Unidos y vamos a seguir contribuyendo a la seguridad social allí durante todo el año 2024. Entonces, la duda que tenemos es acerca de darse de alta como autónomo "no residente". Me imagino que eso sirve para evitar pagar impuestos en los dos países y evitar contribuir a la seguridad social en ambos países.  

¿Puedes explicar un poco más acerca del proceso de darse de alta como autónomo "no residente"? He buscado mucho por internet y no he encontrado nada. También he hablado con un gestor y un abogado y no habían oído del concepto. Muchas gracias de antemano. 
#23

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

Hola @jimmyk

Me alegro de que te esté sirviendo toda esta info ☺️

Es correcto lo que dices de que lo de “no residente” es para evitar una doble imposición, es decir, para no pagar dos veces por los mismos ingresos.

En realidad es bastante sencillo, pero si los gestores con los que has hablado no saben a qué me refiero a lo mejor es mejor que vayas tú mismo a hacienda a darte de alta. Suele haber una mesa solo para censos, y ellos mismos te pueden rellenar el formulario. 

Estoy mirando mi censo, hecho en el 2018, y la casilla en cuestión es la 600 que dice “obligación de realizar pagos fraccionados a cuenta del IRPF derivados del desarrollo de actividades económicas propias”, con opciones Alta y Baja, y la fecha de efecto. 
Cuando hagas tu censo el día que inicies actividad debes tener esa opción en blanco o en Baja. El 1 de enero del año siguiente (o unos días antes), haces una modificación del censo con el modelo 037. Marcas la casilla que dice que vas a cambiar los datos relativos al IRPF (casilla 132 en el 2018) y marcas alta con fecha 1 de enero en la casilla 600. Y listo, a hacer 130s y pagar IRPF a partir de entonces en España ☺️

Como curiosidad, cuando me di de alta en el censo se me olvidó mencionar lo de la residencia fiscal en el extranjero, y me hicieron el alta con pago de IRPF como si fuera residente en España. Al cabo de un mes caí en ese detalle y volví a hacienda, y me modificaron el censo a no residente cambiando esa casilla 600. Ya había iniciado la actividad, pero no fue problema porque aún no había tenido que presentar ningún modelo de IRPF.

Nuestro caso es complejo, pero también es verdad que a veces los gestores no salen del sota-caballo-rey, o de lo que tocan todos los días. Para estos casos me fiaría mucho más de gestorías en zonas donde haya mucho extranjero retirado, que cobra su pensión de su país y vive aquí. Por fuerza esos gestores han visto más cosas raras como esta.

#24

Re: Estatus trabajar como "contractor" para empresa extranjera

De nuevo, muchas gracias! Tu respuesta ayuda mucho. Ya veo lo que me dices en las instrucciones para el Modelo 036. Tenía que haber empezado por allí. Normalmente puedo encontrar lo que necesito pero con este tema me está resultando difícil.

Una pregunta más relacionada con el tema, ¿hay algo parecido para la seguridad social? ¿O estamos obligados a cotizar desde el momento que nos demos de alta? Que no está mal con la tarifa plana de 80 por los primeros 12 meses. Es que, creo que seguiríamos contribuyendo a la seguridad social en los EEUU para el resto de 2024 que quedará. Si es la tarifa plana, no dolerá mucho pagar en los dos países.

Una pregunta mas que ha surgido de mis investigaciones, ¿para este año de transición, se nos aplicaría el IRNR para los ingresos que tenemos durante el tiempo que estamos físicamente en España como no residentes?