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¿En qué domicilio/autonomía debe tributar?

3 respuestas
¿En qué domicilio/autonomía debe tributar?
¿En qué domicilio/autonomía debe tributar?
#1

¿En qué domicilio/autonomía debe tributar?

Hola, le tengo que hacer la renta a un familiar y me surge una duda. El año pasado estuvo trabajando en Asturias desde el 1 de Enero al 24 de Junio, y luego del 27 de Junio hasta final de año en Castilla La Mancha. En Asturias vivía de alquiler, que estuvo pagando hasta 31 de julio por temas de mudanza y otros, y cuando vino aquí vivió un tiempo en casa de su hermana y luego ya en casa de sus padres, realizando luego a finales de año el cambio de domicilio fiscal a dicha vivienda de sus padres aquí. Ha ganado claramente más aquí que en Asturias. ¿Qué comunidad debería reflejar en la declaración de renta, Asturias o Castilla La Mancha? Aquí ha vivido realmente más días, ha ganado más...pero a efectos de comunicación formal de cambio de domicilio estuvo más tiempo allí que aquí. Entiendo que lo suyo es poner Castilla La Mancha, pero por evitar problemas

Y luego una curiosidad, le salió la oferta aquí y se vino, sin haber estado apuntada al paro ni nada, por lo que no podría acogerse a la deducción por cambio de domicilio de ninguna manera, pero si llega a apuntarse al paro aunque hubiera sido por un solo día ¿sí hubiera tenido esa posibilidad o al regresar a su anterior domicilio y ser la oferta aquí anterior al 24 de Junio no hubiera tenido derecho?

Gracias 
#2

Re: ¿En qué domicilio/autonomía debe tributar?

Al parecer, su vivienda habitual está en Castilla La Mancha. Por tanto es en esa Comunidad donde debe declarar sus rendimientos.

Sobre el gasto deducible por movilidad geográfica, en mi opinión sería más factible de aplicar por el traslado de Castilla LM a Asturias si se cumpliese el requisito de estas inscrito en la oficina de empleo.

Un saludo.

#3

Re: ¿En qué domicilio/autonomía debe tributar?

Hola, ahora está en CLM y lo estaba antes de irse a Asturias, pero ha estado viviendo varios años en Asturias y en 2022 prácticamente mitad y mitad, de ahí mi duda
#4

Re: ¿En qué domicilio/autonomía debe tributar?

Según tu comentario inicial, puedes aplicar el primero de los criterios que se mencionan en al artículo 72 de la Ley de IRPF. Y es el criterio de permanencia:

 
1.º Cuando permanezcan en su territorio un mayor número de días del período impositivo.
Ya que indicas que desde el 27 de junio ha residido en Castilla La Mancha, es ahí donde debe de declarar sus rendimientos. 

Un saludo.