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Tributación por discapacidad

3 respuestas
Tributación por discapacidad
Tributación por discapacidad
#1

Tributación por discapacidad

Hola tengo un par de dudas respecto a la tributación en la declaración. Somos una pareja con dos hijos que no estamos casados por lo que la declaración la hacemos individual. Yo tengo discapacidad del 33% que me desgravo en la declaración, y mi hijo pequeño está pendiente de pasar revisión para darle la discapacidad, si se la diesen tengo 3 dudas:
1- El año que viene en la declaración. Mi mujer se podría desgravar por hijo con discapacidad creo q son 1800€, o podríamos ser los dos ( 900€ uno y 900€ otro) ?
2- En mi caso que ya me desgravo por mi discapacidad, se podría sumar la mía y la de mi hijo o solo puede una?
3- Pasaríamos a ser familia numerosa y he leído lo del cheque familiar que son 1200€ al año, eso si que he leído que es uno de los dos progenitores, pero también se puede combinar con la deducción por discapacidad?
Muchas gracias
#2

Re: Tributación por discapacidad

los mínimos por hijos y por discapacidad del descendiente hay que dividirlos entre los 2 progenitores (esto es, la cantidad que se resta de tus ingresos por hijo). La deducción (los 100 euros/mes) es lo que se puede ceder al otro, ya sea la de hijo con discapacidad o la de familia numerosa. https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2021/capitulo-18-cuota-liquida-cuota-autoliquidacion/resultado-declaracion/deducciones-familia-numerosa-personas-discapacidad-cargo/cesion-derecho-deduccion.html
Si acaban concediéndosela a tu hijo, tendrá validez desde el momento que diga la resolución. A lo mejor es una fecha de 2022, si iniciastéis el trámite el año pasado, con lo cual podrías pedir que te rectifiquen esta declaración para incluir el mínimo y la deducción. Si no, ya para la del ejercicio fiscal 2023.
El mínimo por discapacidad del contribuyente y del descendiente son cosas distintas y compatibles. El programa debería añadir ambos automáticamente una vez marcadas las casillas correspondientes.
Lo de familia numerosa, lo mismo, es distinto de la deducción por el hijo con discapacidad y es compatible. Si le conceden la discapacidad y  luego pides el título de familia numerosa, tendrás derecho desde la fecha de solicitud una vez que te lo concedan y podrías solicitar los 100 euros/mes con carácter retroactivo desde esa fecha.
#3

Re: Tributación por discapacidad

Perfecto, mas claro imposible. Una ultima duda, cuando dices los mínimos por hijo y por discapacidad del descendiente te refieres a los 1000 euros que le dan al niño por año hasta que tiene 18 años? esto lo tenemos que declarar cada progenitor en la declaración? gracias 
#4

Re: Tributación por discapacidad

no, me refiero que por señalar que tienes un hijo se resta una cantidad de tus rendimientos para calcular la base sobre la que se pagan impuestos, y si tiene discapacidad, otra cantidad. Todo esto te lo calcula automáticamente el programa cuando introduces los datos y la vinculación de los padres, lo reparte entre los 2:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ciudadanos-familias-personas-discapacidad/minimo-personal-familiar/cuantias-minimos.html
Lo que puedes cambiar es la deducción de los 100 euros/mes de descendiente con discapacidad y la  de familia numerosa para que solo la cobre uno de los dos, o se reparta.
Eso de los 1.000 euros/año creo que es una prestación de SEguridad Social, no tiene nada que ver con el impuesto de la renta e imagino que está exenta.