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Incremento de patrimonio y usufructo de mi madre

5 respuestas
Incremento de patrimonio y usufructo de mi madre
Incremento de patrimonio y usufructo de mi madre
#1

Incremento de patrimonio y usufructo de mi madre

En 1984, al fallecer mi padre adquirí por herencia la mitad de la vivienda de mis padres. Liquidé impuesto de sucesiones por esa mitad . Mi madre también líquido impuesto de sucesiones por el usufructo de esa misma mitad de la vivienda.
Posteriormente falleció mi madre, liquidé impuestos de sucesiones de la parte de mi madre y posteriormente vendî la vivienda

A efectos de liquidación del incremento de patrimonio del IRPF por la venta de la vivienda
PREGUNTO: ¿Además de sumar como gasto al PRECIO DE ADQUISICION de la mitad de mi padre lo que liquidé por impuesto de sucesiones de esa mitad , puedo sumar también lo que liquidó mi madre por impuesto de sucesiones de su usufructo de esa misma mitad?
Gracias
#2

Re: Incremento de patrimonio y usufructo de mi madre

No. Eso fue un gasto de su adquisición, no de la tuya. Sin embargo tu debiste liquidar el impuesto de sucesiones al recuperar el pleno dominio cuando falleció tu madre. Eso si forma parte de tu coste de adquisición.  Salvo mejor opinión. 
#3

Re: Incremento de patrimonio y usufructo de mi madre

Aclarado!
Muchísimas gracias
Respecto al impuesto de sucesiones al adquirir el pleno dominio cuando falleció mi madre, sí lo he tenido en cuenta como gasto
Saludos
#4

Re: Incremento de patrimonio y usufructo de mi madre

Aclarado!
Muchísimas gracias
Respecto al impuesto de sucesiones al adquirir el pleno dominio cuando falleció mi madre, sí lo he tenido en cuenta como gasto

Ahondando en el asunto. Al fallecer mi padre, tuvimos que cancelar una hipoteca de la vivienda. PREGUNTO: ¿Los gastos ( no la amortización de la cantidad pendiente por amortizar que lo pagó un seguro subscrito con anterioridad) de esa cancelación como escritura, registro, impuestos, etc se pueden imputar como gastos?
Saludos
#6

Re: Incremento de patrimonio y usufructo de mi madre

 Esto es lo que dice el INFORMA de la AEAT sobre la cuestión.
(lo transcribo íntegramente porque no he conseguido averiguar cómo se obtiene un vínculo a la página respectiva para incluirlo en este post, lo siento, no soy muy bueno con la informática, me quedo en usuario medio-bajo) 
 

Informa

 135441-GASTOS DE APERTURA Y CANCELACIÓN DE HIPOTECAS 

Pregunta
·       
Como consecuencia de la venta de un inmueble, se cancela la hipoteca que se había solicitado para su adquisición. A efectos de determinar la ganancia o pérdida patrimonial producida por la venta del inmueble ¿puede considerarse que los gastos de constitución de la hipoteca forman parte del valor de adquisición y que los gastos de cancelación minoran el valor de transmisión? 

Respuesta 
·        Según el artículo 35 de la Ley del impuesto, forman parte del valor de adquisición el coste de las inversiones y mejoras efectuadas en los bienes adquiridos y los gastos y tributos inherentes a la adquisición, excluidos los intereses. A su vez, los gastos y tributos satisfechos por el transmitente minoran el valor de transmisión. 

La exclusión expresa que el precepto legal realiza de los intereses como elemento integrante del valor de adquisición conduce a interpretar que los gastos de constitución de hipoteca pueden considerarse como inherentes a la adquisición y, por tanto, integrantes del valor de adquisición. 

A su vez, los gastos de cancelación de hipoteca minorarán el valor de enajenación. 

Para que sea aplicable dicho tratamiento, los gastos de constitución y de cancelación de la hipoteca han de corresponder a actuaciones directamente relacionadas con la compra y venta del elemento patrimonial, respectivamente. 

Normativa/Doctrina 

·        Artículo 35 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 . 
·        Consulta de la D.G.T. 0452 - 2004 , de 02 de marzo de 2004 
·        Informe de la DGT de 5 de mayo de 2006 
#7

Re: Incremento de patrimonio y usufructo de mi madre

Muchas gracias 
Como siempre! Respuesta contundente y clarificadora
Saludos