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Consejo sobre rescate Plan Pensiones

34 respuestas
Consejo sobre rescate Plan Pensiones
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Consejo sobre rescate Plan Pensiones
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#31

Re: Consejo sobre rescate Plan Pensiones

Gracias por tu opinión, Abeledos Paco A.
El párrafo último, el de aportar este año, también lo había pensado. Es importante.
He consultado a la depositaria respecto a si el rescate a partir del 2025 contará también con la exención del 40% y hasta ahora la callada por respuesta. Creo que no se quieren mojar ante la incertidumbre de dos años por delante, aunque en algún sitio he leído que al ser otra "contingencia" tendría derecho al 40% en el rescate. ¿.....?
Muy congruente el resto de lo que dices y será seguramente lo que haré. Rescataré un 50-60% de lo aportado hasta 2007 beneficiándome del 40% y el resto iremos viendo: si espero al 2025 y hay suerte o lo voy rescatando según vengan los tiempos.
Repito laas gracias por la atención. Un saludo.

#32

Re: Consejo sobre rescate Plan Pensiones

Gracias Rucko.
Lo del black jack está muy bien. Es un puntazo.

Gracias por la nota de humor. 
S2
#33

Re: Consejo sobre rescate Plan Pensiones

Me alegro de que hayas considerado útil lo que te comentaba.
Tal y como te comentaba el derecho a la reducción lo pierdes tu, pero no tus herederos, ya que estos lo cobrarían por otra contingencia (Fallecimiento) y en este caso no se pierde con los años. 
Saludos,
#34

Re: Consejo sobre rescate Plan Pensiones

Quedando además en el limbo la consideración de "nueva contingencia" manteniendo el 40% para lo rescatado a partir de 2025.
Repito las gracias, Abeledos Paco A
#35

Re: Consejo sobre rescate Plan Pensiones

Ya se pueden hacer reembolsos en forma de capital en el ejercicio fiscal del hecho causante (jubilación, etc) y en los dos ejercicios fiscales posteriores con la reducción del 40% para las participaciones anteriores a enero de 2007. 
La Dirección General de Tributos ya ha cambiado el criterio para adaptarlo a la sentencia del TEAC y para unificar los criterios de las Direcciones Provinciales de la AEAT.
El nuevo criterio es:
Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/08719/2021/00/00 
El enlace al criterio:
https://serviciostelematicosext.hacienda.gob.es/TEAC/DYCTEA/criterio.aspx?id=00/08719/2021/00/0/1&q=s%3D1%26rs%3D%26rn%3D%26ra%3D%26fd%3D%26fh%3D%26u%3D%26n%3D%26p%3D%26c1%3D%26c2%3D%26c3%3D%26tc%3D%26tr%3D%26tp%3D%26tf%3D%26c%3D%26pg%3D