Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Plusvalia municipal

2 respuestas
Plusvalia municipal
2 suscriptores
Plusvalia municipal
#1

Plusvalia municipal

He comprado un piso y he cometido el error en mi ignorancia de firmar  y pagar plusvalia. En la notaria me dijeron que me llegaria a casa la cantidad. Que no era mucha la cantidas y que aveces no llega. Pero por otta parte dan un plazo de 30 dias hábiles desde la venta (en mi caso compra) No me ha llegado nada a casa despues de tres años y yo no he pagado nada. Quisiera saber si he de ir yo a consultar pago o me ha de llegar a casa. 
#2

Re: Plusvalia municipal

  Ante la Administración Tributaria, el Ayuntamiento en este caso, en una operación de compraventa de un piso, es el vendedor quien está obligado a liquidar la plusvalía, el vendedor es el sujeto pasivo de este impuesto, cuya auténtica denominación es Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Por tanto, tu Ayuntamiento no debería emitir a tu nombre ninguna liquidación por este impuesto, tú eres el comprador. (Te veo muy seguro de que debes pagar, pero podría ser que pienses erróneamente que la información verbal en la Notaría sobre el pago de la plusvalía iba dirigida a ti como comprador, cuando en realidad se dirigía al vendedor). 
 
Cuestión distinta son las consecuencias privadas, entre el vendedor y tú, si en el contrato de compraventa pactasteis que el comprador se haría cargo del pago de la plusvalía. Revisa el contrato/escritura de compraventa para ver si recoge alguna cláusula en ese sentido y la forma de cumplir esa obligación. Si existe tal cláusula y encuentras dificultades en su interpretación, puedes transcribirla en este hilo para ver si podemos aportarte más información.
 
  Si se confirmase que estás obligado al pago y hubiera de llegarte a casa alguna comunicación sobre ello, debería proceder de la Notaría (o Gestoría si la hubo) o del vendedor, no del Ayuntamiento. Si quieres consultar algo, dirígete en primer lugar a la Notaría, que fue donde, según dices, te informaron sobre tu obligación de pago. No obstante, yo sería prudente, no me apresuraría a pedir información a la Notaría (o a la Gestoría), no sea que levantes la liebre de que se han olvidado de reclamarte el reembolso del pago que alguien realizó previamente. La posibilidad de exigir el cumplimiento de las obligaciones prescribe, es decir, se extingue por el transcurso del tiempo, y han transcurrido ya tres años. Te sugiero que recabes antes de otras fuentes toda la información que se te ocurra. 
 
 
#4

Re: Plusvalia municipal

Muchas gracias. Efectivamente hay una clausula que asi dice : se hace responsable el comprador de pagar la plusvalia. 
Ya consulte a un abogado, y aún teniendo que pagarla yo no pueden cobrármela, o sea, hacerme el cargo a consecuencia de la sentencia del tribunal constitucional que convierte en nulo este impuesto con fecha anterior a 2021 hasta cuatro años atras.