Año 2022, pensionistas con complemento a mínimos con cónyuge a cargo: Los ingresos del pensionista, excluida la pensión, y los de su cónyuge no deben superar el importe de 9.260 euros al año por rendimientos del trabajo, del capital, de actividades económicas o de
ganancias patrimoniales. Puedes verlo aquí:
Seguridad Social: Revalorización (seg-social.es)
En el caso de la venta del piso, lo que se computa a estos efectos es la ganancia patrimonial obtenida, la diferencia entre valor de transmisión y valor de adquisición. No se computa el importe por el que se vende el piso. Tú mismo dices que en la operación no hay ganancia patrimonial. Tu padre no tiene que hacer nada ante la Seguridad Social. Que conserve a buen recaudo los justificantes de los que se obtienen los valores de adquisición y transmisión (escrituras de compraventa y de herencia si adquirió el piso de esta forma, justificantes del coste de las inversiones y mejoras hechas en el piso si las hubo, así como justificantes/facturas/recibos de gastos de notaría, de registro de la propiedad, de gestor administrativo, de agencia inmobiliaria, impuestos, etc., que haya tenido que pagar tu padre en la adquisición y en la transmisión).
En 2023, entre abril y junio, en el plazo de declaración del IRPF de 2022, tendrás que revisar si tus padres tienen que presentar declaración de renta, en función de los rendimientos de todo tipo y las ganancias y pérdidas patrimoniales habidos en 2022.