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Venta segunda vivienda persona 82 años

5 respuestas
Venta segunda vivienda persona 82 años
Venta segunda vivienda persona 82 años
#1

Venta segunda vivienda persona 82 años

Hola. Un conocido de 82 años, pensionista de 825 € mensuales va a vender su segunda vivienda y querría saber cual seria la mejor manera de reinvertir el dinero de la venta desde el punto de vista fuscal (oara pagar lo menos posible a Hacienda...o nada.). El con su pensión vive sin problemas y la finalidad del dinero de venta seria para en un futuro próximo costearse un cuisador o una plaza en una residencia (que son caras). He visto que si se reinvierte antes de 6 meses en una renta vitalicia estaría exento. Lo que me gustaria saber es si en una renta vitalicia se puede cambiar la renta nensual por una mayor cuando tuviera que coger a la cuidadora o ingresar en la residencia para afrontar los gastos. No se si se puede cambiar el importe nensual de la renta vitalicia por una mayor para afrontar los pagos comentados y si fiscalmente tendrian algun tipo de consideración. Por otro lado si hubiera otra forma  ventajosa fiscalmente po el tratamiento del importe de la venta de la segunda vivienda de la persona octogenaria seria tido oidos.

Un saludo y gracias 
#2

Re: Venta segunda vivienda persona 82 años

Buenas, 

La exención de la ganancia patrimonial condicionada a la inversión en una renta vitalicia es en casi la mayoría de los casos un engañabobos, ya que, mientras la ganancia patrimonial tributa del 19 al 26%, las rentas vitalicias se integran en la base general (que tributa hasta el 52% en algunas comunidades), por lo que el optar por la exención para constituir una renta vitalicia a la larga puede salir muy caro.

Me explico, pongamos que vende la casa de la playa por 240.000, su valor de compra fueron 140.000.

Señor de 82 años (muchos) hace una renta vitalicia con los 240.000 euros que le han dado, para gozar de la exención plena. Le hacemos la renta vitalicia a 10 años siendo optimistas?

Si no hubiera  hecho este lío de las rentas vitalicias, el Sr. tiene una ganancia patrimonial de 100.000 euros por la venta, la tributación en IRPF será de 21.880 y dispondrá limpitos de los 240.000- 21.880 euros (aunque le quedará pagar plusvalía).

Ahora bien, con su renta vitalicia, y su pensión de 825 euros, tendrá unas rentas anuales de 24.000 (de renta vitalicia) y 14.000 de pensión, por lo que el abuelito, que no tenía que declarar renta por estar bajo los umbrales mínimos para declarar, ahora tendrá que pagar todos los años, durante 10 años, un 21% aproximadamente a hacienda, unos 7.900 euros al año (que multiplicado por 10, son 79.000 euros, muchísimo más de los 21.880 en un principio, y con capacidad de disposición limitada).

Es un ejemplo que debería analizarse quizás con más detalle, y alomejor he exagerado un poco al no tener en cuenta los mínimos en IRPF y demás, pero yo tengo claro que con 82 años, debe huir de esa exención, que puede estar bien si la difieres mucho con 65 años.

En conclusión, dile a ese señor que va a tener pagar IRPF y plusvalía municipal, y cuando antes lo enfrente, mejor, es mayor, que se deje de historias.
#3

Re: Venta segunda vivienda persona 82 años

Gracias por la respuesta. ¿Alguna alternativa para pagar menos impuestos?. La casa fue una herencia de una hermanaen 2008.

Un saludo 
#4

Re: Venta segunda vivienda persona 82 años

creo que no has contado bien la fiscalidad de la renta vitalicia para este caso (declarar el capital total recibido me parece que es para otro tipo de seguros). Se tributa solo sobre el rendimiento obtenido, no sobre todo el capital:
 A partir de 70 años | parte exenta de rendimientos 92% | parte que tributa 8% | tipo efectivo 1,60% (8%x19%) 

Es decir, que si de 240.000 euros te dan el 1% (2.400/año), se declaran como intereses 8%x2.400 euros y sobre esto se paga el 19%.
Esto hay que compararlo sobre el neto que queda si no se declara exenta la ganancia y se invierte en otro producto.

El problema es la falta de liquidez -se puede rescatar pagando los impuestos ahorrados-.
Para una persona de 82 años puede ser interesante si las ganancia acumuladas en la vivienda que se vende son elevadas y ahora que están subiendo los tipos de interés se consigue algo al 2%, pongamos, porque hasta ahora directamente no daban nada este tipo de contratos.
Y claro, todo esto vale si quiere dejar el dinero a los herederos (beneficiarios del seguro de renta en este caso), si es para gastárselo él, la renta vitalicia no procede porque los intereses recibidos van a ser una birria.
#5

Re: Venta segunda vivienda persona 82 años

Gracias por la respuesta. Una duda. Si esta persona heredó la casa en 2008 y la vende por ejemplo en 160.00 € a efectos de fiscalidad, ¿se considera todo el importe como incremento de patrimonio o hay que restar al importe el precio de adquisición que en su dia costó? ¿el incremento de patrimonio se puede repsrtir en varios años? . Por ultimo, que le acosejarias a la persona mayor para que fuese más favorable a efectos fiscales esta venta del inmueble. Como ya comente es pensionista no obligado a hacer declaracion por no llegar a los ingresos anuales.

Un saludo 

Pd. Esto es un poco laberíntico la verdad. 
#6

Re: Venta segunda vivienda persona 82 años

la ganancia es la diferencia entre el precio de venta (restando impuestos como la plusvalía municipal, gastos de notaría, agencia inmobiliaria,etc) y el de adquisición, que en el caso de una herencia, es el valor declarado (sumando igualmente impuestos, notaría, registro de la propiedad,etc).
Para poder repartir la ganancia en varios años, tiene que ser una venta en la que el importe se cobra a plazos debiendo transcurrir más de 1 año entre el primer y último cobro.
Fiscalmente, no hay mucho que rascar aparte de la venta a plazos y la reinversión en la renta vitalicia.
Como he comentado, la renta vitalicia fiscalmente es interesante para alguien que quiera dejar el dinero a los beneficiarios de la póliza y que desgraciadamente no ande muy bien de salud y se prevea que no vaya a vivir mucho, dentro de las incertidumbres que hay siempre con este tema.