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Tributación devolución por anulación de cláusula multidivisa

2 respuestas
Tributación devolución por anulación de cláusula multidivisa
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Tributación devolución por anulación de cláusula multidivisa
#1

Tributación devolución por anulación de cláusula multidivisa

Buenas tardes, en 2021 recibimos una cantidad por resolución judicial de 2020 de anulación de cláusula multidivisa. La hipoteca fue cancelada en dic. de 2015. La sentencia condena al banco a devolver las cantidades abonadas de más (comparándolo con simulación de hipoteca referenciada en euros), junto con intereses legales y costas. En 2021 hemos recibido la suma del exceso abonado en cuotas y los intereses legales, todo esto calculado hasta la fecha de cancelación de la hipoteca (dic. 2015) Hemos realizado la consulta a la Agencia Tributaria y a varios asesores y cada uno nos dice una cosa: que no hay que tributar porque los ejercicios han prescrito,hacer complementaria... Sobre las costas, aún no las han ejecutado y cuando las abonen lo van a hacer directamente a abogado, procurador y perito. Consultas: ¿Debemos tributar por la cantidad recibida (principal e intereses legales)? Si es así, ¿Cómo y en qué ejercicio fiscal? ¿Qué tenemos que hacer cuando ejecuten las costas?
Muchas gracias
#2

Re: Tributación devolución por anulación de cláusula multidivisa

Yo estoy en un caso parecido y después de mucho indagar tengo claro que el principal del capital no tributa, los intereses tributan bien como rendimiento de capital mobiliario bien como ganancia o perdida patrimonial (dependiendo de si son intereses indemnizatorios o remuneratorios) y las costas tributan como ganancia patrimonial. Todo tributa en el ejercicio que se haya percibido. No hay que hacer ninguna complementaria de ningún año pues están todos prescritos. Todo lo dicho anteriormente salvo mejor opinión.
#3

Re: Tributación devolución por anulación de cláusula multidivisa

Muchas gracias por la respuesta. Lo que aún no me queda claro es que si esos intereses legales están calculados hasta la cancelación de la hipoteca (2015) tenga que declararlos. Muchas gracias