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Impuesto de sucesiones para no residentes no comunitarios

1 respuesta
Impuesto de sucesiones para no residentes no comunitarios
Impuesto de sucesiones para no residentes no comunitarios
#1

Impuesto de sucesiones para no residentes no comunitarios

Se que recientemente han cambiado la normativa y  los no residentes pueden acogerse a los beneficios fiscales autonómicos, por ejemplo, la bonificación del 99% en Madrid.
Quería preguntar sobre los sujetos pasivos que ya hayan abonado el impuesto aplicando la normativa estatal, sin poder , en su día, acogerse a  los beneficios fiscales autonómicos.
Concretamente, tengo un familiar residente en USA, que pago el impuesto en 2016, autoliquidado en la AEAT, pues heredó de su padre ese mismo año.
¿Puede recuperarlo?
¿en caso afirmativo, cual seria el procedimiento?
¿Si se devuelve lo abonado, tendría que realizar una nueva liquidación en la CCAA.?

#2

Re: Impuesto de sucesiones para no residentes no comunitarios

Realmente, los contribuyentes extracomunitarios podían haber aplicado la normativa de las comunidades autónomas desde la famosa sentencia del Tribunal de Luxemburgo en 2014. El tema es que el legislador español incorporó mal esta sentencia (solo dando ese derecho a los no residentes europeos, pero no a los extracomunitarios) y por eso el Tribunal Supremo le dio un palo en 2018.

Así que tu familiar americano tenía todo el derecho a haber aplicado las bonificaciones de Madrid en 2016 (siempre que el fallecido fuera residente en Madrid) aunque la norma española no lo previese en ese momento.

El problema es que, siendo de 2016 el fallecimiento, ya ha prescrito (4 años) su derecho a rectificar la declaración. Pinta mal.

A ver alguna otra opinión.