Me refiero a ganancias en la venta de cualquier tipo de elemento patrimonial. Esas pérdidas sólo compensan ganancias realizadas en ventas, ninguna otra clase de rendimiento. Si no puedes compensarlas en cuatro años, fiscalmente "caducan".
Las obras, salvo que sean de rehabilitación o de ampliación de la superficie habitable, en 2009 no desgravan. De todas formas, si ya has llegado a los 9.015 euors, no vas a poder deducir más.
Y Acontel, para poder compensarlas en ejercicios futuros hay que declararlas. Si se te han olvidado, presenta una declaración nueva o al menos presenta un escrito indicando que no has incluido las pérdidas, poniendo el valor de que se trata y la cuantía.
Saludos.