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Os pido paciencia, un novato haciendo su declaración

12 respuestas
Os pido paciencia, un novato haciendo su declaración
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Re: Os pido paciencia, un novato haciendo su declaración

Me da que yo no puedo deducirme la vivienda, pero lo que no se es mi novia que dejo de currar en Octubre 2008, cobro paro (el maximo de importe) hasta Mayo 2009, y volvio a currar en Septiembre 2009 hasta Diciembre 2009 (le quitaban muy poc de IRPF, un 5% como mucho y no llegaba a 650 netos), le dicen que no puede deducirselo, supongo que será verdad.

Lo de la imagen, hoy se lo han dicho a mi padre en Cajamadrid, de una cuenta de valores (no de valores de bolsa, sino una especie de deposito-fondo o algo asi) que abrio conmigo hace 4 años y ahora ha vencido y esa parte son la mitad de los intereses (yo no los he cobrado pero estaba de titular, asi que me aparece a mi por eso). No se si tienen gastos de administración o algún otro, mi padre no lo ha preguntado.

Si en las acciones he comprado en CAJAMADRID Gamesa en 2008, y la he vendido por ING en 2009, ocurre algo o solo precio venta y precio compra (no hay que poner nada del traspaso de valores?).

Y si he comprado varias veces la misma accion, sumo todas las ventas por un lado y todas las compras por otro o aunque sea el mismo valor lo tengo que poner varias veces (no he probado aun, a lo mejor es una pregunta tonta...)

Gracias

#10

Re: Os pido paciencia, un novato haciendo su declaración

Las acciones de Ibex Dow etc... son las del punto 1 quiero entender...no?

EL punto 2 que se supone que es?

Y que es lo que pone de:

No imputacion de perdidas por recompra de valores homogeneos???

#11

Re: Os pido paciencia, un novato haciendo su declaración

Sí, todas ellas del 1. Las del 2, las más conocidas son las SICAV o las SOCIMI.

En cuanto a la no imputación... Cuando realizas una venta con pérdidas, esa pérdida la aplicas en la compensación de otras posibles ganancias, salvo cuando en un plazo de tiempo determinado vuelves a comprar acciones de la misma sociedad con la que has realizado las pérdidas. Esas pérdidas que no puedes aplicar se quedan "cautivas" y podrás aplicarlas cuando vendas de forma definitiva los títulos recomprados.

El plazo de tiempo del que hablo: si son acciones admitidas a negociación en cualquier mercado oficial de la UE es de dos meses antes y dos meses después de la venta con pérdidas. Para cualquier otro tipo de acciones es un año antes y un año después.

Saludos.

#12

Re: Os pido paciencia, un novato haciendo su declaración

No había visto este mensaje anterior. Del traspaso no tienes que poner nada, sólo precio de venta (en ING) y precio de compra (en Caja Madrid). Debes calcular de forma individualizada, por grupos de ventas y compras, las ganancias o las pérdidas, y sobre todo mirar si tienes algunas pérdidas que no puedas aplicar por recompra.

Saludos.

#13

Re: Os pido paciencia, un novato haciendo su declaración

Muchas Gracias!

Ya está presentada, me da a devolver unos 700 euros mas o menos...espero no haberme equivocado.

Ahora voy a hacer una simulación de que minora la base imponible y demás cosas (aportacion a plan de pensiones, etc) para conseguir arrancarle el año que viene algo más a Hacienda, aunque el año que viene como todos cambiará algo pero no creo que modifiquen sustancialmente este impuesto.

Lastima ese deposito o lo que sea que tengo compartido con mi padre...que me da n 200 euros menos a devolver.

Ahora a ver si compruebo de la de mi novia lo del alquiler pero me da que no...