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¿Los gatos financieros por aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias son deducibles a efectos del IRPF?

2 respuestas
¿Los gatos financieros por aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias son deducibles a efectos del IRPF?
¿Los gatos financieros por aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias son deducibles a efectos del IRPF?
#1

¿Los gatos financieros por aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias son deducibles a efectos del IRPF?

Buenos días,
el año pasado adquirí una propiedad y la Agencia Tributaria me concedió el aplazamiento y fraccionamiento del ITP. La propiedad la volví a vender ese mismo año ya que no era lo que buscaba. Preparando la declaración de la renta me surge la duda si puedo incluir los intereses de ese aplazamiento y fraccionamiento como gasto de adquisición? 
Muchas gracias por vuestras opiniones.
Un cordial saludo
#2

Re: ¿Los gatos financieros por aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias son deducibles a efectos del IRPF?

Entiendo que no, puesto que no son imprescindibles o inevitables para la adquisición, el propio impuesto si, pero no los intereses. De igual forma que tampoco lo serían si hubieras pedido un préstamo a un banco para pagarlo.

Un saludo

#3

Re: ¿Los gatos financieros por aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias son deducibles a efectos del IRPF?

Muchas gracias Leopol72, me lo olía, pero quería salir de dudas. Un cordial saludo.