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No procede devolución de Hacienda por "deuda"

3 respuestas
No procede devolución de Hacienda por "deuda"
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No procede devolución de Hacienda por "deuda"
#1

No procede devolución de Hacienda por "deuda"

Os cuento:

Contribuyente autónomo que aplaza y fracciona el 390 (resumen anual IVA) a partir de abril (mayo, junio, julio, agosto)
Año 2019: Hacienda le devuelve la cantidad solicitada correspondiente de IRPF
Año 2020: Hacienda le dice que tiene deudas pendientes y no le paga.

¿Por qué? ¿Dónde está el error?

Hay que decir que el 303 de abril lo tiene aplazado 6 meses por el tema del Covid19.  ¿puede ser por esto?

Saludos
#2

Re: No procede devolución de Hacienda por "deuda"

Sí, es un gap del sistema.
Si solicitas un aplazamiento, incluido el extraordinario COVID, el sistema detecta que tienes deudas, reconocidas o pendientes de tramitar.
Y la norma sobre deudas con hacienda es que se compensan automáticamente contra créditos a tu favor que puedas tener.
Obviamente eso incumple tanto la norma como su espíritu en lo de los aplazamientos COVID y las intrucciones para devolver de forma acelerada los IRPFs.
Pero el sistema es el que es, y las cosas se han quedado colgadas por varios miles de millones de €uros en esa situación.
Solo se escaparon aquellos que cursaron el IRPF muy rápido, esperaron a su devolución, y luego ya tramitaron el trimestre con el aplazamiento COVID.
Hacienda no sabe muy bien como resolver, y a algunos contribuyentes les ha "sugerido" que pidan ellos mismos una compensación explícita de saldos (entre devolución IRPF y aplazamiento COVID), y así, si hay saldo resultante positivo aun, se compromenten a devolver el remanente muy rápido.
Una más de esas medidas de telediario, que llegadas a la realidad han resultado ser un gran bluf.
(Por supuesto, en las estadísticas "oficiales" figurará como una grandisima inyección de ayudas y dineros públicos tanto las devoluciones acordadas, pero pendientes de tramitar, como los aplazamientos solicitados, pero sin recorrido real)

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: No procede devolución de Hacienda por "deuda"

Pues al.final.resulta que se lo descuentan del IVA que debe. Es decir el año pasado se les coló.
#4

Re: No procede devolución de Hacienda por "deuda"

Otra duda, compañero:

¿se puede aplazar una deuda del impuesto 100?  ¿o ya se ha pasado el plazo?