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Re: Como y en que casilla declarar la venta de un terreno rustico
Claro que hay que declararlo. Es una ganancia patrimonial igual que cualquier otra derivada de una transmisión de inmuebles, en este caso, rústicos.
Como compraste el inmueble antes del 31-12-1994, aunque por poco, puedes aplicar la reducción de la DT9 (siempre que no la hayas aplicado ya sobre más de 400.000,00 euros de otras ventas realizadas después de 2015), lo que reducirá un poco la ganancia.
Busca, en el programa, el epígrafe de ganancias patrimoniales de la base imponible del ahorro derivadas de la transmisión de inmuebles y ve indicando los datos que te piden: tipo de inmueble, referencia catastral, fecha y valor de adquisición, gastos derivados de la adquisición, fecha y valor de venta, gastos derivados de la venta y sí a la aplicación de la DT9 (o coeficientes de abatimiento). El propio Rentaweb calculará, con ello, la ganancia obtenida sobre la que has de tributar.
Como compraste el inmueble antes del 31-12-1994, aunque por poco, puedes aplicar la reducción de la DT9 (siempre que no la hayas aplicado ya sobre más de 400.000,00 euros de otras ventas realizadas después de 2015), lo que reducirá un poco la ganancia.
Busca, en el programa, el epígrafe de ganancias patrimoniales de la base imponible del ahorro derivadas de la transmisión de inmuebles y ve indicando los datos que te piden: tipo de inmueble, referencia catastral, fecha y valor de adquisición, gastos derivados de la adquisición, fecha y valor de venta, gastos derivados de la venta y sí a la aplicación de la DT9 (o coeficientes de abatimiento). El propio Rentaweb calculará, con ello, la ganancia obtenida sobre la que has de tributar.
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Re: Como y en que casilla declarar la venta de un terreno rustico
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Re: Como y en que casilla declarar la venta de un terreno rustico
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Re: Como y en que casilla declarar la venta de un terreno rustico
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Re: Como y en que casilla declarar la venta de un terreno rustico
Pues, si no fueras a aplicar la reducción de la DT9, te diría que sí, que lo sumaras al valor de adquisición, todo junto, pero, como la aplicarás, y es imposible que la factura de construcción del pozo sea de la misma fecha de la compra, la manera de declararlo correctamente es hacerlo como si hubiera 2 ventas: la primera, con la fecha y el precio de la compra y, la segunda, con la fecha y el precio de la mejora; y, en valores de transmisión, prorrateas el importe de venta entre ambas cosas (ejemplo: valor compra : 20.000; valor mejora 5.000; valor total 25.000, es decir: compra 80%, mejora 20%; venta: 50.000; pues se aplican 40.000 en la transmisión de la tierra y 10.000 en la de la mejora).
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