Hola, el subsidio se considera un segundo pagador entonces si supera 1.500€ brutos (siempre tienes que tener en cuenta la cantidad bruta) tendrías obligación de hacer la declaración (ya que sumado al otro trabajo superaría 11.200€). Por otro lado, ¿lo que te paga tu ex-marido es la pensión compensatoria y además la anualidad por alimentos para el niño? En el primero caso sería otro pagador y entonces tendrías obligación sí o sí independientemente del subsidio, en el segundo caso es una cantidad exenta para quien la percibe así que no te afecta a la declaración.
Seguramente en el subsidio no te hagan retención, la pensión compensatoria tampoco y entonces el impuesto que has adelantado durante 2.009 (del trabajo de 6 meses) no es suficiente para cubrir los 3 ingresos diferentes que has tenido.
Si tienes la guarda y custodia del niño puedes hacer la declaración conjunta con él, poniendo dentro de las claves del descendiente en vinculación la que toque (según si la guarda y custodia es compartida o no) y dejando otras situaciones en blanco. Así se te aplicará una reducción de 2.150€ que te ayudará a que te salga mejor la declaración. En la casilla 470 puedes mirar si ya se te está aplicando esa reducción.
Seguramente no te aclares con lo último que te acabo de explicar, así que puedes llamar al teléfono de borrador que desde allí te ayudarán a modificarlo (901 200 345).
Saludos